Contenu non disponible en français
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el accionista único de Gestión Sexta Avenida, S.A.U., ejercitando las competencias que le confiere la Ley, el día 28 de junio de 2013, decidió aprobar la fusión por absorción de Setresa, Servicios y Proyectos Técnicos e Industriales, S.A.U., Euroinsta Derivados Estructurales, S.A.U., Ib-Mei, S.A.U., y Eurovía Mantenimiento, S.L.U., como Sociedades Absorbidas, por Gestión Sexta Avenida, S.A.U., como Sociedad Absorbente.
Dicha fusión por absorción se aprobó, el 28 de junio de 2013, con las menciones recogidas en el proyecto común de fusión redactado y suscrito por los Administradores únicos de todas las sociedades participantes en la fusión, y depositado en el Registro Mercantil de Madrid. Asimismo se aprobó, en dicha fecha, el Balance de Fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2012.
Esta operación es una fusión especial, sometida al régimen del artículo 52.1 de la Ley 3/2009, supuestos asimilados a la absorción de sociedades íntegramente participadas, dado que, absorbente y absorbidas, son sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio. De conformidad con lo dispuesto en el referido artículo 52.1, esta absorción se realiza mediante la integración de los patrimonios de las sociedades participantes e implicará la extinción de Setresa, Servicios y Proyectos Técnicos e Industriales, S.A.U., Euroinsta Derivados Estructurales, S.A.U., Ib-Mei, S.A.U., y Eurovía Mantenimiento, S.L.U. (sociedades absorbidas) y la transmisión en bloque de su patrimonio social a Gestión Sexta Avenida, S.A.U. (sociedad absorbente), la cual adquirirá por sucesión universal todos derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas. Este proceso de integración se desarrolla sin ampliación del capital social ni relación de canje, ni en consecuencia, intervención de experto. Tampoco serán necesarios ni los informes de administradores ni de expertos sobre el proyecto de fusión.
Las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán, a efectos contables, realizadas por cuenta de la sociedad absorbente a partir del día 1 de enero de 2013.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, y cuya entrega o envío gratuito podrán solicitar, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y concordantes de la citada Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Madrid, 30 de julio de 2013.- Javier Martín García, representante persona física de Tecnocom Telecomunicaciones y Energía, S.A., Administrador único de Gestión Sexta Avenida, S.A.U.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid