Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que el día 11 de junio de 2013, los socios de la entidad "Garre Promociones Construcciones y Rehabilitaciones, S.L." (la "Sociedad Escindida") se reunieron en Junta General Universal y Extraordinaria y, acordaron, por unanimidad, aprobar la escisión total de esta mediante la división de su patrimonio en dos partes cada una de las cuales se traspasará en bloque por sucesión universal a las citadas sociedades beneficiarías de nueva creación. Asiste a los acreedores y a los representantes de los trabajadores de la sociedad escindida, el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión y además a los acreedores el derecho de oposición en los términos del artículo 44 de la Ley 3/2009.
Murcia, 5 de agosto de 2013.- Administrador único.
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