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Reversión de la representación de las acciones de la sociedad para sustituir anotaciones en cuenta por títulos físicos.
A los efectos de lo establecido en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Capital y en el Real Decreto 116/1992, de 14 de febrero, se hace público que el pasado doce de abril de dos mil diez, la Junta general extraordinaria de accionistas de la sociedad acordó cambiar el sistema de representación de las acciones en que se divide su capital social mediante la reversión a títulos físicos nominativos de las anotaciones en cuenta.
De conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 116/1992, de 14 de febrero, el día 29 de julio de 2013, se obtuvo la preceptiva autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores para la reversión de la forma de representación de las acciones, que dejarán de estar representadas mediante anotaciones en cuenta para pasar a estarlo mediante títulos físicos. La modificación estatutaria ha sido inscrita en el Registro Mercantil de Madrid.
La reversión de anotaciones en cuenta a títulos físicos afectará a la totalidad de las acciones de la sociedad, esto es, 4.000.000 acciones de 6 euros de valor nominal cada una de ellas, de una misma clase y serie.
El procedimiento por el cual tendrá lugar la reversión y la consiguiente entrega de títulos físicos es el siguiente:
- Solicitud al Servicio de Anotaciones en Cuenta y Liquidación de la Bolsa de Valores de Valencia de un certificado de las posiciones sobre el valor afectado de cada una de las entidades depositarias, que reflejará las posiciones definitivas.
- Las entidades depositarias, se dirigirán al emisor (o a su agente) indicando la identidad de los accionistas, número de acciones de los que cada uno es titular, y demás circunstancias de las acciones anotadas que consten en sus respectivos registros contables.
- El emisor, o su agente, verificará que concuerda el saldo presentado por las entidades correspondientes con el certificado de posiciones expedido por el Servicio de Anotaciones en Cuenta y Liquidación de la Bolsa de Valores de Valencia, y procederá a la entrega de los títulos físicos.
- La entidad depositaria procederá a la puesta a disposición de los títulos físicos a favor de sus legítimos propietarios. Dicha puesta a disposición se hará a la mayor brevedad posible dentro del plazo de un mes contado desde la publicación del presente anuncio.
- Una vez finalizado el proceso de entrega de los títulos físicos (o transcurrido el plazo establecido al efecto), el emisor certificará al Servicio de Anotaciones en Cuenta y Liquidación de la Bolsa de Valores de Valencia dicha circunstancia, y éste cancelará las posiciones anotadas.
Alcobendas (Madrid), 28 de agosto de 2013.- El Secretario del Consejo de Administración, Ignacio Arias Sancristóval.
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