Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BORME-C-2013-11956

LARCOVI, S.A.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
LARCOVI ALQUILA, S.L.
LARCOVI GESTIONA, S.L.
LARCOVI PATRIMONIO, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 178, páginas 13882 a 13882 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-11956

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME") por remisión del artículo 73.1, se hace público que el día 9 de septiembre de 2013 la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Larcovi, S.A.L. ("Sociedad Escindida") acordó:

A) La escisión parcial de dicha sociedad sin extinción a favor de las sociedades de responsabilidad limitada de nueva creación que se denominarán Larcovi Alquila, S.L. y Larcovi Gestiona, S.L. ("Sociedades Beneficiarias de la Escisión I") mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de dos ramas de actividad consistentes en la rama de actividad de gestión del alquiler para terceros y en la rama de actividad de gestión inmobiliaria, respectivamente; y consecuente reducción de capital. (La "Escisión I").

B) La escisión parcial de dicha sociedad sin extinción a favor de la sociedad de responsabilidad limitada de nueva creación que se denominará Larcovi Patrimonio, S.L. ("Sociedad Beneficiaria de la Escisión II") mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de la rama de actividad consistente en la actividad de patrimonio en alquiler; y consecuente reducción de capital. (La "Escisión II).

En ambos casos, se hace constar que por aplicación del artículo 78.bis de la LME no ha sido preciso elaborar balances de escisión, ni informe de administradores sobre los proyectos de escisión, ni nombramiento de expertos independientes.

Asimismo, respecto de la Escisión I y de la Escisión II se hace constar que asiste a los accionistas, a los acreedores y a los representantes de los trabajadores de las sociedades participantes el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como a los acreedores de dichas sociedades el derecho a oponerse a los acuerdos de escisión parcial y de reducción de capital, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley.

Madrid, 16 de septiembre de 2013.- El Presidente del Consejo de Administración, Larcanta, S.L.U., debidamente representada por don Jesús Martín de Prado.

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid