Contido non dispoñible en galego
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43.1 y 73.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las juntas universales de las sociedades «Tartagal, S.L.» y «Chaiten Extremadura, S.L.U.» han adoptado en fecha 16 de septiembre de 2013 sendos acuerdos de segregación de la sociedad «Tartagal, S.L.», mediante la transmisión de unidad económica autónoma dedicada a la hostelería a la sociedad preexistente «Chaiten Extremadura, S.L.U.».
Los socios y los acreedores de las sociedades que participan en la segregación tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de segregación.
Los acreedores cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del proyecto de escisión y no esté vencido ni suficientemente garantizado, tienen derecho a oponerse a la escisión en el plazo de un mes desde la última publicación del acuerdo de escisión.
Cáceres, 17 de septiembre de 2013.- El Administrador único.
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