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Anuncio de escisión parcial.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 73 y 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Universal de Construcciones San Bernardo, Sociedad Anónima (Sociedad parcialmente escindida), celebrada el día 24 de septiembre de 2013, acordó por unanimidad la escisión parcial de una parte de su patrimonio. En virtud de este acuerdo, Construcciones San Bernardo, Sociedad Anónima transmitirá en bloque parte de su patrimonio, que constituye una unidad económica autónoma, a la sociedad beneficiaria de nueva creación CSB Parque de Roces, Sociedad Limitada, la cual se constituirá simultáneamente y como consecuencia de la citada escisión parcial, adquiriendo, por sucesión a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la Sociedad beneficiaria de nueva creación en la misma proporción que tenían en el capital de la Sociedad parcialmente escindida.
Se advierte el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión parcial, todo ello conforme a los artículos 43 y 44 de la citada Ley 3/2009.
Gijón, 8 de octubre de 2013.- Los Administradores Solidarios, María Calvo Carvajal y Eloy Calvo Carvajal.
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