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Las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de ambas sociedades, celebradas en fecha 30 de agosto de 2013, acordaron la fusión de Stock Flat, S.A., y Flatpolis, S.L., mediante la absorción de la última por la primera, con disolución sin liquidación de la absorbida, transmitiendo a título universal su patrimonio íntegro a la sociedad absorbente, en base a los balances de fusión de ambas compañías cerrados a fecha 30 de junio de 2013.
No ha sido necesario que dichas sociedades depositaran Proyecto Común de Fusión, al acogerse a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, que regula las Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, que regula las Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar, expresamente: a) el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión por absorción de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión en el domicilio de las sociedades intervinientes; b) el derecho de oposición que asiste a los acreedores de dichas sociedades intervinientes, durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio, en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009.
Barcelona, 23 de octubre de 2013.- Don Armando Florencio Moreno Pérez, Administrador solidario de Flatpolis, S.L., don Eduardo Itoiz Cruells, Administrador solidario de Stock Flat, S.A.
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