Se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de las citadas sociedades, celebradas el 31 de marzo de 2011, han acordado, todas ellas por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por la entidad Servicios y Externalizaciones del Atlántico, S.L.U., de las entidades Personal Especializado, S.L.U., y Gestión de Telecomunicaciones Inteligentes, S.L.U., en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Santa Cruz de Tenerife, 7 de noviembre de 2013.- El administrador único, don Rafael Cañadillas Jaraba.
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