De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que con fecha 8 de octubre de 2013 la Junta Universal de la sociedad "Natura Mágica, S.L.", ha adoptado por unanimidad el acuerdo de escisión parcial de la sociedad "Natura Mágica, S.L.", mediante la transmisión de la rama de actividad de explotación agrícola a una sociedad de nueva creación denominada "Natura Mananger, S.L."
Se cumplen en el presente caso los requisitos exigidos en los artículos 42, 77 y 78 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades Mercantiles para llevar a cabo la operación de escisión parcial mediante el procedimiento simplificado.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios, trabajadores y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la operación a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado aprobado por unanimidad y el balance de escisión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la operación de oponerse a la escisión parcial durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión parcial, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
Badajoz, 30 de octubre de 2013.- El Administrador único.
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