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Se hace público que, con fecha 10 de octubre de 2013, el socio único de las tres sociedades ha decidido, al amparo del régimen especial previsto en el artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, por cuanto todas las sociedades están íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio, la fusión por absorción de Itc 2, Sociedad Anónima Unipersonal, de Sistemas Electricos Thales, Sociedad Anónima Unipersonal y de Global Telecom Thales, Sociedad Limitada Unipersonal, por parte de Spark Ibérica, Sociedad Anónima Unipersonal, quien se subrogará en todos los bienes, derechos y obligaciones de aquéllas, que se disuelven sin liquidación, sucediéndolas a título universal. Por ello, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y socios de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último de estos anuncios en los términos del artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril.
En L´Hospitalet de Llobregat, 10 de octubre de 2013.- Don Bruno Deletang, Presidente del Consejo de Spark Ibérica, Sociedad Anónima Unipersonal y de Itc 2, Sociedad Anónima Unipersonal y representante del Administrador Unico de Sistemas Eléctricos Thales, Sociedad Anónima Unipersonal y de Global Telecom Thales, Sociedad Limitada Unipersonal.
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