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Documento BORME-C-2013-13602

TELEGEST, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
G. RAMO Y ASOCIADOS, S.L.
(SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 220, páginas 15722 a 15722 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-13602

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de "Telegest, S.L." (Sociedad absorbente), y la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de "G. Ramo y Asociados, S.L. (Sociedad Unipersonal)" (Sociedad absorbida), han acordado por unanimidad en fecha 11 de noviembre de 2013, la fusión de las mencionadas sociedades mediante la absorción por parte de "Telegest, S.L." (Sociedad absorbente) a "G. Ramo y Asociados, S.L. (Sociedad Unipersonal)" (Sociedad absorbida).

Como consecuencia de la fusión por absorción, se producirá la extinción, mediante la disolución sin liquidación, de la Sociedad Absorbida, traspasándose en bloque, a título universal, su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.

Dado que las sociedades participantes de la fusión son sociedades de responsabilidad limitada y adoptan por unanimidad el acuerdo de fusión, la operación se estructura como una fusión por absorción mediante acuerdo unánime de fusión previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los socios y representantes de los trabajadores a pedir la entrega o envío gratuito de la copia de los documentos relacionados con la fusión, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 39 y 43 de la Ley 3/2009. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Majadahonda, 14 de noviembre de 2013.- Don Nicolas-Stefan Ramo Kalkus, Administrador Único de Telegest, S.L. (Sociedad absorbente) y de G. Ramo y Asociados, S.L. (sociedad unipersonal) (Sociedad Absorbida).

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