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Documento BORME-C-2013-13741

DISTRIBUCIÓN MÓVIL 21, S.L.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
EUROLOGÍSTICA DIRECTA, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA SEGREGACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 15876 a 15876 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-13741

TEXTO

Anuncio de segregación

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, en relación al artículo 73 de la misma Ley y disposiciones concordantes, se hace público que, con fecha 30 de junio de 2013, las Juntas Generales de Accionistas/Socios de Distribución Móvill 21, S.L. (CIF B95102174) y Eurologística Directa, S.L.U. (CIF B86144466), celebradas con carácter Extraordinario y Universal, aprobaron por unanimidad la segregación de la unidad económica de rama de actividad de comercialización de servicios de comunicaciones electrónicas, a favor de la sociedad (íntegramente participada por Distribución Móvil 21, S.L.) beneficiaria de la segregación denominada Eurologística Directa, S.L.U. La beneficiaria, preexistente, adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de la respectiva unidad económica de rama de actividad segregada que les es trasladada, todo ello sobre la base del balance de segregación de la Sociedad Segregada, de fecha 31 de diciembre de 2012.

Asimismo, la totalidad de los socios de las Sociedades participantes han acordado por unanimidad que no será necesario el Informe de expertos independientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 78.3 de la citada Ley.

Se pone de manifiesto que, habiéndose adoptado el referido acuerdo en los términos de los artículos 42 y 49 de la citada Ley, resulta de aplicación lo dispuesto en dichos preceptos.

Se hace constar el derecho de los accionistas y acreedores de las Sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de segregación, así como el derecho de oposición que podrá ser ejercido en el plazo de un mes conforme a lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la citada Ley.

Bilbao, 5 de noviembre de 2013.- Don Mikel Félix Barandiarán Landín, en su calidad de Representante persona física de Instituto Sectorial de Promoción y Gestión de Empresas Dos, S.A. (Administrador Único de Distribución Móvil 21, S.L. y de Distribución Móvil 21, S.L. (Administrador Único de Eurologísitca Directa, S.L.U.).

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