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La Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, certifica que: En el procedimiento de jurisdicción voluntaria n.º 389/2012 se ha dictado auto de 27-2-2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva 1) Se convoca Junta de la Sociedad Limitada Inversiones Monteys Sanmartín 2008, conforme a lo previsto en los Estatutos y con el siguiente
Orden del día
Primero.- Información, rendición de cuentas y aportación de los documentos relativos a las transmisiones de los siguientes bienes propiedad de la entidad Inversiones Monteys Sanmartín 2008, S.L.: a) Extincion del condominio y adjudicación a favor de de D. Enrique de Monteys Sanmartín de las fincas registrales números 41.825, 41.853, 41.827, 41.813-110, 41.813-118, 41.815-154 y 41.815.157, todas ellas inscritas en el Registro de la Propiedad numero 1 de Tarragona. b) Extinción del condominio y adjudicación a D. Alejandro de Monteys Sanmartín de las fincas registrales 42.689 y 42.694 inscritas en el Registro de la Propiedad n.º 1 de Ciudad Real c) Permuta a favor de doña Juana Alba Sanmartín Maza de la finca registral 20.058 y 20.036 del Registro de la Propiedad n.º 29 de Madrid.
Segundo.- Todas las actuaciones llevadas a cabo sobre las fincas registrales señaladas en los puntos a) b) y c) con o sin trascendencia registral.
Tercero.- Exhibición del estado de cuentas de la sociedad, con aportación de saldos actuales en las cuentas en las que es titular la misma, así como también movimientos bancarios completos desde el 6 de abril de 2009 hasta la fecha de hoy.
Cuarto.- Justificación y aplicación de las cantidades obtenidas por la venta de inmuebles propiedad de la sociedad.
Quinto.- Ejercicio de la acción de responsabilidad social contra el administrador.
Sexto.- Propuesta de cese del Administrador actual de la sociedad y nombramiento de nuevo órgano de administración".
2) La junta se celebrará en el domicilio social de la mercantil, C/ Drácena, 36, 2.º, letra D, Madrid 28016, el día 9 de mayo de 2013, a las diecisiete horas, en única convocatoria. 3) Será presidida por D. Sergio de Monteys San Martín, actuando como Secretario doña Helena de Monteys San Marín. Actuará como Notario D. Tomás Pérez Ramos, quien levantará el oportuno Acta. 4) Líbrese testimonio del Auto que será notificado al Procurador del demandante para su diligenciado y entrega al Notario D. Tomás Pérez Ramos. 5) Todos los gastos de la convocatoria serán de cuenta de la Sociedad. 6) Anúnciese la convocatoria en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia con quince días de antelación, por lo menos, al señalado para la celebración de la junta. 7) Líbrense los oportunos oficios y edictos que se entregarán al Procurador del demandante para que gestione su publicación, debiendo acreditar ante el Juzgado haberlo verificado en término de diez días. Una vez acreditado dicho extremo y aportado copias de los ejemplares de su publicación, procédase al archivo de la causa. 8) Como se pide se habilita al peticionario para remitir la convocatoria por correo certificado con acuse de recibo a los socios, conforme al artículo 9 de los estatutos, debiendo acreditar ante este Juzgado que se ha cumplido dicho trámite. 9) Una vez acreditados dichos extremos y aportados copias de los ejemplares de su publicación, procédase al archivo del procedimiento. Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en término de 20 días. Para interponer recurso, los recurrentes deben consignar el depósito corespondiente, según la disposición adicional decomoquinta de la LOPJ, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, en la cuenta de este Juzgado de la entidad Banesto con nº 2749, referente al presente procedimiento, bajo el apercibimiento a que hubiere lugar en derecho. Así por este Auto, lo dispongo, mando y firmo. Doy fe. El Magistrado-Juez. El/La Secretario Y para que así conste y en cumplimiento de lo acordado expido el presente para su publicación, que firmo en.
Madrid, 27 de febrero de 2013.- El/La Secretario.
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