Anuncio de aumento de capital social con derechos de suscripción preferente aprobado por la Comisión Rectora del Fondo de Restructuración Ordenada Bancaria, en virtud de resolución de fecha 16 de abril de 2013.
En cumplimiento de los artículos 304, 305 y 503 de la Ley de Sociedades de Capital, cuyo texto refundido fue aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2012, de 1 de julio (Ley de Sociedades de Capital), y para el ejercicio del derecho de suscripción preferente por parte de los accionistas de "Bankia, Sociedad Anónima" ("Bankia" o el "Banco"), se comunica que la Comisión Rectora del Fondo de Restructuración Ordenada Bancaria, en virtud de resolución de fecha 16 de abril de 2013, adoptó, entre otros, el acuerdo de aumentar el capital social de Bankia mediante aportaciones dinerarias con derechos de suscripción preferente (el "Aumento de Capital"). Los términos y condiciones más relevantes del Aumento de Capital se detallan a continuación:
Primero.- Importe del aumento y acciones a emitir. El capital social se aumenta por un importe nominal total de 7.910.324.072 euros mediante la emisión y puesta en circulación de 7.910.324.072 acciones ordinarias del Banco, de un euro de valor nominal cada una de ellas y de la misma clase y serie que las actualmente en circulación (las "Acciones Nuevas"). Las Acciones Nuevas se emiten por su valor nominal de un euro más una prima de emisión de 0,35266266 euros por acción, lo que supone una prima de emisión total de 2.789.675.928 euros y un tipo de emisión unitario de 1,35266266 euros por Acción Nueva (el "Precio de Suscripción"). El importe efectivo total de la emisión, considerando el Precio de Suscripción, ascenderá a 10.700 millones de euros.
Las Acciones Nuevas estarán representadas mediante anotaciones en cuenta, cuyo registro contable está atribuido a la "Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal" ("Iberclear") y a sus entidades participantes (las "Entidades Participantes").
Segundo.- Derechos políticos y económicos. Las Acciones Nuevas pertenecen a la misma clase y otorgarán a sus titulares los mismos derechos que las acciones ordinarias del Banco actualmente en circulación a partir del momento en que el Aumento de Capital se declare suscrito y desembolsado por el Consejo de Administración de Bankia.
Tercero.- Colocación y aseguramiento de los valores. Se informa de que el accionista mayoritario del Banco, "Banco Financiero y de Ahorros, Sociedad Anónima" ("BFA"), se ha comprometido a ejercer en su integridad los derechos de suscripción preferente de los que es titular y, en consecuencia, a suscribir las acciones que le correspondan como accionista, lo que supone la suscripción de 3.797.598.114 Acciones Nuevas. Asimismo, BFA ha asumido un compromiso de suscripción de las Acciones Nuevas que no sean suscritas durante el periodo de suscripción preferente.
"Bankia Bolsa, sociedad de valores, sociedad anónima" actuará como entidad agente del Aumento de Capital (la "Entidad Agente").
Cuarto.- Períodos de suscripción.
(a) Período de Suscripción Preferente. De acuerdo con lo previsto en el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, las Acciones Nuevas se emiten con reconocimiento del derecho de suscripción preferente a los actuales accionistas del Banco. Los derechos de suscripción preferente respecto a las Acciones Nuevas se asignarán a los accionistas de Bankia que figuren legitimados en los registros contables de Iberclear a las 23:59 horas de Madrid del día de publicación del presente anuncio, quienes podrán ejercer el derecho a suscribir un número de Acciones Nuevas proporcional al valor nominal de las acciones que posean.
Se hace constar que Bankia no cuenta con acciones propias en autocartera directa ni con acciones en autocartera indirecta.
A cada acción del Banco actualmente en circulación le corresponderá un derecho de suscripción preferente sobre las Acciones Nuevas. Por cada derecho de suscripción preferente se podrán suscribir 397 Acciones Nuevas. Se hace constar expresamente que BFA ha renunciado a 14.384 derechos de suscripción preferente para que el número de Acciones Nuevas a suscribir por cada derecho de suscripción preferente sea entero.
El período de suscripción preferente para los accionistas e inversores adquirentes de derechos de suscripción preferente en una proporción suficiente para suscribir Acciones Nuevas se iniciará el día siguiente al de la publicación de este anuncio, es decir, el 30 de abril de 2013 y finalizará transcurridos 15 días naturales, es decir, el 14 de mayo de 2013 (el "Período de Suscripción Preferente").
Los derechos de suscripción serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 306.2 de la Ley de Sociedades de Capital, y serán negociables en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia y en el Sistema de Interconexión Bursátil Español (Mercado Continuo).
Para ejercitar los derechos de suscripción preferente los accionistas o los terceros inversores podrán dirigirse a la oficina de Bankia o a la Entidad Participante en cuyo registro contable tengan inscritos los derechos de suscripción preferente (que en el caso de los accionistas, será la Entidad Participante en la que tengan depositadas las acciones que les confieren tales derechos), indicando su voluntad de ejercitar el mencionado derecho de suscripción. Las órdenes que se cursen referidas al ejercicio del derecho de suscripción preferente se entenderán formuladas con carácter firme, irrevocable e incondicional y conllevarán la suscripción de las Acciones Nuevas a las cuales se refieren.
Los derechos de suscripción preferente no ejercitados se extinguirán automáticamente a la finalización del Período de Suscripción Preferente.
(b) Período de adjudicación a BFA. En el supuesto de que finalizado el Período de Suscripción Preferente hubiera acciones sobrantes, se adjudicarán al accionista mayoritario de Bankia, BFA.
(c) Suscripción incompleta. El acuerdo de Aumento de Capital ha previsto expresamente la posibilidad de suscripción incompleta, en particular, en el caso de que sea imposible su suscripción íntegra por cuestiones de ajustes técnicos.
Quinto.- Desembolso. El desembolso íntegro del Precio de Suscripción de cada Acción Nueva suscrita durante el Periodo de Suscripción Preferente se deberá realizar por los suscriptores en el momento de suscripción de las Acciones Nuevas (es decir, al formular la orden de suscripción) y a través de las Entidades Participantes de Iberclear por medio de las cuales hayan cursado las correspondientes órdenes de suscripción. Las órdenes de suscripción que no sean efectuadas en estos términos se tendrán por no efectuadas.
BFA suscribirá el Aumento de Capital mediante la aplicación del efectivo recibido por la amortización anticipada de las obligaciones convertibles contingentes emitidas por Bankia el 26 de diciembre de 2012 de las que es titular.
Sexto.- Admisión a negociación. La resolución de la Comisión Rectora del Fondo de Restructuración Ordenada Bancaria de 16 de abril de 2013 acordó solicitar la admisión a negociación de las Acciones Nuevas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo).
Se prevé que, salvo imprevistos, las Acciones Nuevas serán admitidas a cotización en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo), dentro de los tres días hábiles bursátiles siguientes a la inscripción de las Acciones Nuevas como anotaciones en cuenta en Iberclear y, en todo caso, en el plazo máximo de cinco días hábiles bursátiles desde la fecha en que se declare ejecutado el Aumento en virtud del cual se emitirán las Acciones Nuevas. En el caso de que se produjesen retrasos en la admisión a negociación Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, Bankia dará publicidad de forma inmediata a los motivos del retraso en los boletines de cotización de las Bolsas de Valores de Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia y comunicará dicha circunstancia a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Séptimo.- Folleto. El folleto informativo del Aumento de Capital integrado, entre otros, por el documento de registro de acciones de Bankia (elaborado conforme al Anexo I del Reglamento de la Comunidad Europea n.º 809/2004), la Nota sobre Acciones del Aumento de Capital (elaborada conforme al Anexo III del citado Reglamento) y el Resumen (elaborado conforme al Anexo XXII del Reglamento Delegado (UE) n.º 486/2012), ha sido aprobado y registrado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Existen ejemplares del folleto informativo a disposición del público en el domicilio del Banco y, en formato electrónico, en las páginas web del Banco (www.bankia.es) y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (www.cnmv.es).
Madrid, 26 de abril de 2013.- El Secretario General y del Consejo de "Bankia, Sociedad Anónima", Miguel Crespo Rodríguez.
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