En la Junta General Universal celebrada el día 14 de diciembre de 2012, se acordó por unanimidad de todos los socios, la transformación de la sociedad de anónima en limitada, con la debida conversión de acciones en participaciones y sin que ninguno de los socios haya hecho uso del derecho de separación que la Ley les reconoce.
Todo ello, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 3/2009, de 3 de abril.
Albacete, 9 de enero de 2013.- La Secretaria.
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