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Documento BORME-C-2013-7166

IWER NAVARRA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 94, páginas 8446 a 8447 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2013-7166

TEXTO

Complemento de convocatoria

El Consejo de Administración ha acordado publicar el presente complemento de convocatoria de la Junta General convocada mediante anuncio publicado en el BORME el 7 del corriente.

I.- A solicitud de don Juan Vilá Costa y otros:

Vigesimocuarto.- En caso de ratificación, y en su caso convalidación, de los documentos suscritos por el Consejo de Administración en 31.12.2012 con Kena CB e Inmocat, S.L., que implican la venta por un precio ridículo del último activo inscrito en el registro de la propiedad a nombre de Iwer Navarra, S.A., se someta a votación la decisión de ordenar al Consejo de administración que no proceda a escriturar dicha venta ni a realizar los trámites pertinentes para su inscripción en el Registro de la Propiedad, hasta que no proceda previamente a la inscripción en dicho Registro, de los derechos de Iwer Navarra, S.A. sobre las fincas registrales cuya titularidad se halla, o en su caso, se hallará inscrita a favor de Kena CB e Inmocat, S.L.".

Vigesimoquinto.- Atendida la sustancial bajada del precio por acción que supone la firma y, en su caso, ratificación, del gravoso Acuerdo suscrito con Kena CB e Inmocat, S.L. por el Consejo de administración en fecha 31.12.12, que deja reducido el precio por acción a menos de 20 euros, se someta a votación la aprobación de un acuerdo para facilitar la salida de la compañía de los socios disidentes con dicho Acuerdo, mediante la compra por Iwer Navarra, S.A., de las acciones de dichos socios al precio que la acción tenía con anterioridad a la firma por el Consejo de administración de los acuerdos suscritos en fecha 31.12.2012.

Vigesimosexto.- Ejercicio de la acción social de responsabilidad y acciones penales por delito societario contra el Consejo de Administración".-

II.- A solicitud de don Pedro Felipe Sobrino Barbarín y otros:

1.- Que asista el señor Serra Domínguez. 2.- Que asista el letrado señor Martell. 3.- Que expliquen los motivos por los cuales Iwer Navarra, S.A. se ha mantenido al margen de los procedimientos judiciales que nos han hecho perder la propiedad de los inmuebles. 4.- ¿Por qué la Junta G.O. rechazó que se cuestionara la propiedad de las Fincas en 29/IV/2005? Si el tiempo me ha dado la razón. 5.- ¿Porqué el C. de admón. nos ha hecho perder el derecho real de Arrendamiento? si estaba libre de toda carga. 6.- Tomar medidas para recuperar la titularidad de la Finca y en todo caso el de arrendamiento. 7.- Al punto 13 del Orden del Día Nuestra propuesta: Nombrar otra candidatura alternativa con los siguientes Consejeros: 1.º Señor Lecumberri; 2.º señor Félix Muruzábal; 3.º señor Pedro F. Sobrino (destituido ilegalmente por la J.G. y repuesto por el T.S. en el cargo. 8.- Nuestro programa de actuación: 1.º) Revocar el acuerdo/contrato transaccional con Kena C.B. ahora (antes Kena S.A.) 2.º) Cobrar de Kena C.B. los 900.000 euros de las obras realizadas por Iwer, S.A., y no se han cobrado (Salen a 25 euros/acción aproximadamente) 3.º) Los dividendos en remanente pasarlos a deuda y ésta cobrar al 6 por 100 los intereses. 9.- La negociación para la recuperación de la Finca con Kena C.b. se basará en el siguiente modelo: a) Valor de la finca 40.000.000 euros. b) De ellos el 15 por 100 será para Kena C.B. y el 85 por 100 para Iwer (este porcentaje será válido hasta el día de la J.G. c) A partir de esa Fecha y teniendo en cuenta nuestra documentación aportada a la J.G. el porcentaje será el 10 por 100 para Kena C.B. y el 90 por 100 para nosotros. d) Desde el día que tengamos el acta de la J.G. hasta la presentación de la demanda/querella en los Juzgados y su aceptación que será entonces del 95 por 100 para Iwer y el 5 por 100 para Kena C.B. 10.- Decisión firme e irrevocable hasta las últimas consecuencias de recurrir al T. Derechos Humanos de Estrasburgo. 11.- Dada la importancia y trascendencia de la J.G. que sea grabada hasta con vídeo. 12.- Que asista la prensa para que la opinión pública sepa en que manos hemos estado. 13.- Estudiar la fórmula de Escisión para que cada uno de los 2 grupos vayan por los caminos que crean más convenientes para sus intereses. 14.- Indemnización de 400.000 euros por los daños y perjuicios que el C. de Admón. me ha causado por su negligencia y mala Fe contra mí. 15.- Recursos extraordinarios ante el T.S. por indefensión de Iwer en todo el procedimiento desde el año 1977. Y a mí particularmente por las sentencias aberrantes del reparto de acciones. 16.- Kena C.B. será x en última instancia la que corra con la indemnización correspondiente y cargos por ser una de las figuras delictivas de la estafa procesal y no podrá alegar su buena Fe por ello mismo. (Ver actas de la Junta de Kena en el Registro Mercantil (con respecto al señor Juan Puebla consejero de dicha Sociedad). 17.- Espero que Iwer Navarra, S.A., se allane y no recurra la impugnación de los acuerdos de la próxima J.G.O. para que el resto de los socios de la misma que votemos y los que nieguen su representación al consejo, en contra de dichos acuerdos, nos beneficiemos de los puntos de esta ampliación o complemento de J.G.O.

Pamplona, 15 de mayo de 2013.- Presidente del Consejo de Administración.

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