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Documento BORME-C-2013-9655

STANHOME, S.A.U.

Publicado en:
«BORME» núm. 115, páginas 11312 a 11312 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2013-9655

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 319 y 324 de la Ley de Sociedades de Capital se comunica que el accionista único de la sociedad en decisión adoptada en funciones de Junta General del día 3 de abril de 2013 ha adoptado, entre otras, la siguiente decisión:

Reducir el capital social de la compañía fijado en la cifra de dos millones cuatrocientos cuatro mil euros (2.404.000.-€) hasta la cifra de Ochocientos diecisiete mil seiscientos sesenta y cuatro euros (817.664.-€) es decir, el capital social se reduce en la cuantía de un millón quinientos ochenta y seis mil trescientos treinta y seis euros (1.586.336.-€) con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la Sociedad disminuido como consecuencia de pérdidas, conforme a lo dispuesto en los artículos 320 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital.

La anterior decisión ha sido adoptada en base al balance de fecha 31 de Diciembre de 2012, verificado en fecha 2 de Abril de 2013 por el auditor de cuentas de la sociedad, Ernst & Young, S.L., que es el correspondiente a las cuentas anuales de la Sociedad, y que ha sido aprobado en la misma acta de decisiones del accionista único.

Dicha reducción se efectúa mediante la disminución del valor nominal de cada una de las 400.000 acciones que componen actualmente el capital social de la compañía, del actual valor nominal fijado en 6,0101210.-€ por acción, hasta la cifra de 2,04416.-€ por acción, es decir, se reduce el valor nominal en 3,96584.-€ por acción.

Por lo que se refiere al plazo de ejecución del acuerdo de reducción, dicha modificación estatutaria tiene eficacia inmediata por la sola voluntad del accionista único en sesión de Junta General (sin perjuicio de los actos de formalización) dado que, conforme al artículo 335 a) de la Ley de Sociedades de Capital no existe derecho de oposición de los acreedores a la reducción.

Como consecuencia de esta operación de disminución del valor nominal de las acciones no se genera excedente del activo sobre el pasivo que deba atribuirse a la reserva legal de conformidad con lo previsto en el artículo 325 de la Ley de Sociedades de Capital.

Tras la reducción de las reservas de libre disposición o voluntarias, de la reserva legal y del capital social para la compensación de pérdidas, los resultados negativos de ejercicios anteriores quedan totalmente compensados.

Como resultado de lo anterior, se acuerda modificar el artículo 5.º de los Estatutos Sociales, que en adelante, y con derogación expresa de su anterior redacción, será del tenor literal siguiente:

Artículo 5.º El capital social se fija en la cantidad de ochocientos diecisiete mil seiscientos sesenta y cuatro euros (817.664.-€) y está representado por 400.000 acciones, al portador, de 2,04416.-€ por acción de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del número 1 al 400.000, ambos inclusive, y están totalmente suscritas y desembolsadas."

Barcelona, 16 de abril de 2013.- El Administrador Único, Germán Martínez Corral.

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