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Documento BORME-C-2014-10561

SERVICIOS Y GESTIÓN FUNERARIA, SOCIEDAD ANÓNIMA
UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
EUROPEA DE FINANZAS Y COMERCIALIZACIÓN DE SERVICIOS
EMPRESARIALES, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 191, páginas 12118 a 12118 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-10561

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2.009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (LME) se hace público que, con fecha de 18 de septiembre de 2014, las Juntas Generales Extraordinarias, con carácter universal, de accionistas de las sociedades "SERVICIOS Y GESTIÓN FUNERARIA, S.A.U." (en adelante, Sociedad Escindida) y de "EUROPEA DE FINANZAS Y COMERCIALIZACIÓN DE SERVICIOS EMPRESARIALES, S.A.U." (en adelante, Sociedad Beneficiaria), han acordado, por unanimidad, la escisión parcial de una parte del patrimonio de la Sociedad Escindida a favor de la Sociedad Beneficiaria, que compone una unidad económica autónoma consistente en Tanatorios y Cementerios explotados en régimen de propiedad y concesión, pertenecientes a varias poblaciones de la Comunidad Autónoma de Madrid, descritos en el Proyecto de Escisión Parcial, suscrito por los Órganos de Administración de las Sociedades intervinientes en fecha de 30 de mayo de 2014, y depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 18 de julio de 2014. Todo ello con efectos contables por cuenta de la Sociedad Beneficiaria, desde el 1 de enero de 2014. El Balance de Escisión aprobado, por unanimidad, es el cerrado a fecha 31 de diciembre de 2013.

Al estar ambas Sociedades íntegramente participadas por el mismo accionista único, es decir, por "FUNESPAÑA, S.A.", la Escisión Parcial se realiza conforme el procedimiento simplificado establecido en el artículo 49 de la LME, en relación con el artículo 73 de dicho cuerpo legal.

Por último, de conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace constar:

1.º El derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades intervinientes en la Escisión parcial de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Escisión parcial aprobados por cada una de las Sociedades, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social, sito en Madrid, calle Doctor Esquerdo, 138, 6.ª planta.

2.º El derecho que asiste a los acreedores de cada una de las Sociedades participantes en la Escisión Parcial, cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del presente anuncio y no haya vencido en este momento, hasta que se les garanticen tales créditos, de oponerse a la misma en el plazo de un mes desde la última publicación del presente anuncio, en los términos señalados en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 3 de octubre de 2014.- D. Ángel Valdivia Gerada, Administrador único de la Sociedad Beneficiaria, y D.ª M.ª Concepción Mendoza Calvo, Secretaria del Consejo de Administración de la Sociedad Escindida.

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