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En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que las Juntas generales de socios de DELJOYER, S.L. y de NEUCHATEL JOYEROS, S.L., en sesiones celebradas con carácter de universal el día 4 de octubre de 2014, han acordado por unanimidad la absorción de NEUCHATEL JOYEROS, S.L. por parte de DELJOYER, S.L., sobre la base del proyecto común de fusión de la misma fecha y de los Balances cerrados a 30 de septiembre de 2014. La fusión conlleva la extinción de la entidad absorbida, que quedará automáticamente disuelta sin necesidad de liquidación, con traspaso en bloque de su patrimonio, a título universal, a la absorbente.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por ley, al haberse tomado en Junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión así como el derecho de los acreedores de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión, en los términos previstos en la LME.
Salamanca, 7 de octubre de 2014.- Roberto y Ángel Delgado Martín, Administradores solidarios de las dos Sociedades.
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