Está Vd. en

Documento BORME-C-2014-10825

VELASCO GRUPO EMPRESARIAL, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
VELASCO OBRAS Y SERVICIOS, S.A.U.
CICLO MEDIO AMBIENTE, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 200, páginas 12404 a 12404 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-10825

TEXTO

Anuncio fusión impropia.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la mercantil VELASCO GRUPO EMPRESARIAL, S.L., celebrada con carácter Universal el 6 de octubre de 2014, el socio único de la mercantil VELASCO OBRAS Y SERVICIOS, S.A.U., en decisión del 1 de octubre de 2014 y el socio de la mercantil CICLO MEDIO AMBIENTE, S.L.U., en decisión del 1 de octubre de 2014 acordaron por unanimidad la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de las sociedades absorbidas a favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por las tres compañías de fecha 30 de junio de 2014. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los Balances específicos cerrados a 31 de diciembre de 2013 de dichas sociedades.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto las sociedades absorbidas, la mercantil VELASCO OBRAS Y SERVICIOS, S.A.U. y la mercantil CICLO MEDIO AMBIENTE, S.L.U. están íntegramente participadas por la sociedad absorbente VELASCO GRUPO EMPRESARIAL, S.L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no procede establecer tipo de canje de las participaciones ni ampliar el capital de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión.

En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente. La fusión impropia referida tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2014.

No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan por plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Madrid, 7 de octubre de 2014.- Mateo Velasco Álvarez, en su calidad de Presidente del Consejo de Administración de las sociedades Velasco Grupo Empresarial, S.L. y Velasco Obras y Servicios, S.A.U., y Josefa Velasco García, en su calidad de representante físico del Administrador Único Velasco Grupo Empresarial, S.L., en Ciclo Medio Ambiente, S.L.U.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid