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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el accionista único de Vestas Eólica, S.A.U. (la "Sociedad Absorbente") y el socio único de Vestas Towers Mediterranean, S.L.U. ("Sociedad Absorbida"), con fecha 7 de noviembre de 2014, han aprobado, en calidad de sociedad absorbente y sociedad absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respetivamente, la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera en los términos establecidos en el proyecto común de fusión presentado a depósito en el Registro Mercantil de Madrid en fecha 17 de octubre de 2014 y depositado con fecha 21 de octubre de 2014.
La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades a fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos Balances de fusión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades a fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.
Madrid, 7 de noviembre de 2014.- Bárbara Marcenaro, Secretaria del Consejo de Administración de Vestas Eólica, S.A.U. y de Vestas Towers Mediterranean, S.L.U.
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