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Anuncio de oferta de suscripción de acciones.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 295 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, con el fin de que los accionistas de la sociedad puedan suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las acciones que posean se hace público que la Junta general de accionistas de la mercantil "Flexix, S.A.", celebrada el día cuatro de noviembre de dos mil catorce, acordó aumentar el capital social mediante la emisión de 340.000 nuevas acciones de un valor nominal de 3,01 € cada una, numeradas correlativamente del 690.742 al 1.030.741, ambas inclusive, mediante la aportación dineraria de su valor nominal, lo que asciende a un importe total de 1.023.400 € y una prima de emisión de 2,922 € por acción, lo que asciende a 993.480 €, por lo que el importe total a desembolsar por los accionista, en su caso, ascendería a 2.016.880 €.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 304 y concordantes del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
- Los accionistas tendrán derecho a suscribir el número de acciones proporcional al valor nominal de las que posean.
- El plazo para el ejercicio del señalado derecho preferente será de un mes desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de las nuevas acciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
- Las cantidades que deban desembolsarse como consecuencia de la ampliación deberán hacerse efectivas en el domicilio social de la Sociedad en el mismo momento en que se efectúe la suscripción de acciones. Dicho desembolso será íntegro y deberá efectuarse en metálico o mediante transferencia bancaria a Banco BBVA, cuenta número ES58 0182 1299 4600 0052 0046 o cheque conformado nominativo a favor de la Sociedad. En el ingreso se indicará la identidad de quién lo verifica y el número de acciones del que sea titular, sirviendo el resguardo del mismo como justificante del desembolso por el número de acciones nuevas cubiertas, pudiendo el interesado, con la presentación de dicho resguardo, retirar en el domicilio social o solicitar el envío del documento provisional de suscripción.
- Si el aumento de capital no se desembolsare íntegramente dentro de los plazos fijados al efecto, el capital quedará aumentado en la cuantía desembolsada.
Para formalizar la citada ampliación de capital y consiguiente desembolso, así como la modificación del artículo 5 de los Estatutos sociales, se cumplirá fielmente la normativa vigente en cada momento.
Zamudio, 5 de noviembre de 2014.- El Administrador Único, Bruno Kächele.
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