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Documento BORME-C-2014-12183

CENTRO DE CONTABILIDAD GESTIÓN Y ASESORÍA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
COBIN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 13906 a 13906 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-12183

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de Centro de Contabilidad Gestión y Asesoría, S.L., celebrada con carácter Universal el 10 de noviembre de 2014 y el socio único de la mercantil de Cobin, S.L.U., en decisión del 10 de noviembre del 2014, acordaron por unanimidad la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por ambas compañías de fecha 3 de noviembre de 2014. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los Balances específicos cerrados a 31 de octubre de 2014 de dichas sociedades.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida, Cobin, S.L.U., está íntegramente participada por la sociedad absorbente Centro de Contabilidad Gestión y Asesoría, S.L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la LME, no procede establecer tipo de canje de las participaciones ni ampliar el capital de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión.

En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente. La fusión impropia referida tendrá efectos contables a partir del 1 de diciembre de 2014. No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan por plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Barcelona, 21 de noviembre de 2014.- La Administradora única de las sociedades intervinientes, doña Ana María Morera García.

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