Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BORME-C-2014-12259

PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO MÁLAGA-COSTA
DEL SOL, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SOCIEDAD DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO, SOPDE,
SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 226, páginas 13985 a 13985 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-12259

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Socios de la Sociedad "PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO MÁLAGA-COSTA DEL SOL, S.L.U.", celebrada con el carácter de Universal el día 21 de noviembre de 2014 aprobó su fusión mediante la absorción con la mercantil "SOCIEDAD DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO, SOPDE, S.A.", consistiendo dicha fusión en la cesión del patrimonio universal de esta última para su transmisión en bloque a la Sociedad Absorbente, "PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO MÁLAGA-COSTA DEL SOL, S.L.U.", que tendrá la forma jurídica de sociedad de responsabilidad limitada, previa disolución sin liquidación de la Sociedad objeto de fusión por absorción, adquiriendo la Sociedad Absorbente, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.

Se manifiesta expresamente que, conforme al artículo 49.1.1.º de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, en relación con el artículo 52.1 del mismo cuerpo legal, no se requiere aprobación de la fusión por la junta general de la sociedad absorbida.

Se hace expresa constancia, de conformidad con el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, del derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan de oponerse a dicha fusión, en los términos del artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.

Málaga, 24 de noviembre de 2014.- Doña Alicia E. García Avilés, Secretaria no Consejera del Patronato Provincial de Turismo Málaga-Costa del Sol, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad Absorbente). Don Carlos María Conde O´Donnell, Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad de Planificación y Desarrollo, SOPDE, Sociedad Anónima (Sociedad Absorbida).

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid