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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público para general conocimiento que Las Juntas Generales Extraordinarias Universales de las sociedades mercantiles "GRUPO URBANIZADOR MAR Y SOL, S.L.", y "EXPLOTACIONES INMOBILIARIAS ATAMARIA, S.L.", de fecha 26 de noviembre de 2014, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de GRUPO URBANIZADOR MAR Y SOL, S.L. (sociedad absorbente) a EXPLOTACIONES INMOBILIARIAS ATAMARIA, S.L. (sociedad absorbida), con disolución sin liquidación de esta última transmitiendo todo su patrimonio a la sociedad absorbente, en los términos del proyecto de fusión conjunto redactado y suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes de fecha 25 de octubre de 2014, todo ello según los balances de ambas sociedades cerrados a 31 de julio de 2014. La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2015.
Según prevé el artículo 43 de la Ley 3/2009 y concordantes, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión, que podrán oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.
Cartagena, 26 de noviembre de 2014.- El Administrador único de Grupo Urbanizador Mar y Sol, S.L., Alfonso Torres Torres. La Administradora única de Explotaciones Inmobiliarias Atamaría, S.L., Ana María Díaz del Río.
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