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El 10 de marzo de 2014 las Juntas Generales de socios de las sociedades acordaron la fusión por absorción de la sociedad absorbida por la sociedad absorbente, con la consiguiente disolución, sin liquidación, de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente.
Asiste a los socios, a los acreedores y a los trabajadores de cada una de las sociedades participantes en la fusión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley 3/2009.
Callosa de Segura, 11 de marzo de 2014.- D. Mario Zullo Lopera, Administrador Único de Centro de Estudios Caloxa, S.L.-D. Francisco Javier Exposito Yepes, Administrador Único de CEP Centro de Enseñanza, S.L.
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