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Se hace público que las respectivas Juntas Universales de Socios de las sociedades "Inversiones Inversor, S.L." y "Compro Oro Amézola, S.L." celebradas el día 20 de enero de 2014, en sus domicilios sociales, aprobaron por unanimidad de la totalidad sus socios, al amparo de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción por "Inversiones Inversor, S.L.", de "Compro Oro Amézola, S.L.", y su disolución sin liquidación, mediante el traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la Sociedad Absorbente.
Se hace constar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de la fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos establecidos Se hace público que las respectivas Juntas Universales de Socios de las sociedades "Inversiones Inversor, S.L." y "Compro Oro Amézola, S.L." celebradas el día 20 de enero de 2014, en sus domicilios sociales, aprobaron por unanimidad de la totalidad sus socios, al amparo de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción por "Inversiones Inversor, S.L.", de "Compro Oro Amézola, S.L.", y su disolución sin liquidación, mediante el traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la Sociedad Absorbente.
Se hace constar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de la fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos establecidos en el artículo 44 de la mencionada Ley 3/2009, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión en el artículo 44 de la mencionada Ley 3/2009, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.
Bilbao (Bizkaia), 20 de enero de 2014.- El Administrador único de ambas sociedades, don Arturo Sancho Manzano.
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