Está Vd. en

Documento BORME-C-2014-2554

PRODUCTOS ECOLÓGICOS DEL MEDITERRÁNEO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ACTECO PRODUCTOS Y SERVICIOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 73, páginas 3041 a 3041 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-2554

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta general extraordinaria de socios de Acteco Productos y Servicios, S.L. (en situación concursal) (la "Sociedad Absorbente"), celebrada con fecha 4 de abril de 2014, ha aprobado por unanimidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 y 49 de la mencionada Ley, por remisión del artículo 52 de la misma norma, la fusión por absorción de Productos Ecológicos del Mediterráneo, S.L. (en situación concursal) (la "Sociedad Absorbida") en los términos establecidos en el proyecto común de fusión formulado por los órganos de administración de la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida en fecha 10 de marzo de 2014.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente (las "Sociedades a Fusionar"), la atribución de participaciones de la Sociedad Absorbente a los socios de la Sociedad Absorbida y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

En la medida en que las sociedades intervinientes en la operación de fusión son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado en junta general de socios con la asistencia o representación de todos ellos y por unanimidad, no son aplicables las normas generales que sobre el proyecto y el balance de fusión se establecen en las Secciones segunda y tercera del Capítulo I del Título II de la LME.

Asimismo, dado que la Sociedad Absorbida y la Sociedad Absorbente están participadas indirecta y directamente, respectivamente, por los mismos socios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.4º LME, por remisión del artículo 52 de la misma norma, se hace constar que la operación de fusión ha sido únicamente aprobada por la junta general de socios de la Sociedad Absorbente sin que haya sido necesario contar con la aprobación de la operación de fusión por los socios de la Sociedad Absorbida.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Ibi (Alicante), 7 de abril de 2014.- Por Acteco Productos y Servicios, S.L. (en situación concursal) (Sociedad Absorbente), don Jorge Ramis Valls, Administrador Único.-Por Productos Ecológicos del Mediterráneo, S.L. (en situación concursal) (Sociedad Absorbida), don Jorge Ramis Valls, Administrador Único.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid