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Documento BORME-C-2014-2703

RECICLADOS Y SERVICIOS DEL MEDITERRANEO, S.L., UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SENDEROL, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 75, páginas 3207 a 3207 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-2703

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LMESM), se hace público que, con fecha 28 de marzo de 2014, el socio único de la mercantil "Reciclados y Servicios del Mediterráneo, S.L., Unipersonal" (sociedad absorbente) y la Junta General de Socios de la mercantil "Senderol, S.L." (sociedad absorbida y, a su vez, socio único de la sociedad absorbente), celebrada con el carácter de Universal, han aprobado, por unanimidad, la fusión por absorción de "Senderol, S.L." (sociedad absorbida y socio único de la entidad absorbente), por "Reciclados y Servicios del Mediterráneo, S.L., Unipersonal" (sociedad absorbente), con disolución sin liquidación y extinción de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio social a favor de la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la absorbida, no siendo necesario el aumento de capital de la sociedad absorbente, por tratarse de un supuesto asimilado a la absorción de sociedades íntegramente participadas, de conformidad con los artículos 52.1 y 49.1 de la norma mencionada anteriormente. Todo ello, conforme a los balances a 31 de diciembre de 2013, aprobados unánimemente por los socios de ambas compañías como balances de fusión. Asimismo, es aplicable a esta operación lo dispuesto en el artículo 42 de la LMESM por tratarse de un supuesto de acuerdo unánime de fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los acreedores a oponerse a la fusión acordada, en los términos y plazos previstos en el artículo 44 de la citada Ley.

Villena (Alicante), 28 de marzo de 2014.- Don José Bonmatí Durá, Consejero Delegado mancomunado de "Senderol, S.L.", y representante persona física de "Lo Terol Empresarial, S.L.", en el ejercicio de su cargo de administrador mancomunado de "Reciclados y Servicios del Mediterráneo, S.L., Unipersonal" y Don Manuel Reyes Medina, Consejero Delegado mancomunado de "Senderol, S.L." y representante persona física de "Pontia Projects, S.L., Unipersonal" en el ejercicio de su cargo de administrador mancomunado de "Reciclados y Servicios del Mediterráneo, S.L., Unipersonal".

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