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Documento BORME-C-2014-3109

ECECALI, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
CENEFAS DECORATIVAS, S.L.U.(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 80, páginas 3676 a 3676 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-3109

TEXTO

Se hace público que con fecha 22 de abril de 2014, se aprobó la fusión por absorción de la sociedad CENEFAS DECORATIVAS, S.L.U. (Sociedad Absorbida) por parte de ECECALI, S.L. (Sociedad Absorbente).

Como consecuencia de la fusión, se producirá la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y la Sociedad Absorbente, adquirirá en bloque, como sucesora universal, el patrimonio de la Sociedad Absorbida, quedando la Sociedad Absorbente subrogada en todos los derechos y obligaciones de las Sociedad Absorbida, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión por absorción aprobado por los órganos de administración de la sociedad absorbente y de la absorbida.

Dado que la Sociedad Absorbente es titular del 100% de las participaciones sociales de la Sociedad Absorbida, la fusión tiene carácter especial de absorción de sociedad íntegramente participada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley de Medidas Estructurales de las sociedades mercantiles. (LME).

La fecha a partir de la cual las operaciones de las Sociedad Absorbida habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente será el día 1 de enero de 2014.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Absorbente y de las Sociedad Absorbida de obtener el texto Integro del acuerdo de fusión y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades.

Asimismo, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión por absorción, asiste a los acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Gandia, 9 de abril de 2014.- El Consejero Delegado de ECECALI, S.L., María del Carmen García Canales, el Administrador Solidario de CENEFAS DECORATIVAS, S.L.U., María del Carmen García Canales.

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