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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "Ley") se hace público que el 7 de febrero de 2014, el Socio Único de Toguimar, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, de conformidad con el Proyecto de Escisión Total suscrito en fecha de 16 de enero de 2014 por la totalidad de sus Administradores, adoptó el acuerdo de escisión total de Toguimar, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, la cual se extinguirá, con división de todo su patrimonio en tres partes, cada una de las cuales se transmitirá en bloque a una sociedad limitada de nueva constitución, que se subrogará, respecto de dicha parte, en todos los derechos y obligaciones de la sociedad escindida. Dichas tres sociedades girarán bajo las denominaciones de Toguimar 1, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, Toguimar 2, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, y Toguimar 3, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal.
Las participaciones sociales de cada una de las tres sociedades beneficiarias serán adjudicadas al Socio Único de la Sociedad Escindida.
Asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida totalmente el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, y a los acreedores de dicha sociedad el derecho a oponerse a la citada escisión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley.
Barcelona, 10 de febrero de 2014.- La Secretaria del Consejo de Administración de Toguimar, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, doña Montserrat Pich-Aguilera Roca.
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