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Documento BORME-C-2014-8068

SÁNCHEZ LANDERAS, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
SÁNCHEZ LANDERAS PATRIMONIAL, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 116, páginas 9282 a 9282 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-8068

TEXTO

Se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, que, con fecha 09 de junio de 2014, la Junta General de la sociedad "Sánchez Landeras, S.L.", ha acordado la escisión parcial de parte del patrimonio de la sociedad Sánchez Landeras, S.L., a la entidad beneficiaria de nueva creación "Sánchez Landeras Patrimonial, S.L." quien adquirirá por sucesión a título universal la totalidad de derechos y obligaciones que componen la parte del patrimonio de la sociedad escindida, que forma una unidad económica, de conformidad con el proyecto común de escisión parcial suscrito por el órgano de administración en fecha 30 de mayo de 2014. Todo ello con efectos contables desde el día 1 de julio de 2014. El balance para la escisión parcial fue cerrado a fecha 31 de Diciembre de 2013.

Como consecuencia de la citada escisión parcial, Sánchez Landeras, S.L. reducirá su capital social en el importe de 958.584,90 €, mediante la reducción del valor de la totalidad de las participaciones sociales en 9,10 €, quedando fijado por tanto el valor de cada participación social en 0,81 €.

Se hace constar que el acuerdo de escisión parcial se ha adoptado con las prescripciones del artículo 42 de la citada Ley 3/2009, que regula escisión por acuerdo unánime de los socios, habiendo dado cuenta a los trabajadores de las sociedades y habiendo sido aprobado el balance de escisión y las modificaciones de las valoraciones contenidas en el mismo.

Asimismo, se hace constar, expresamente, el derecho de los accionistas, socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la escisión mencionada en el presente anuncio, a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión, y a los acreedores el derecho a oponerse a la citada escisión, todo ello en los términos de los artículos 43 y 44 de la Ley.

Madrid, 11 de junio de 2014.- María del Pilar Sánchez Martínez, Administradora Solidaria.

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