En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el 9 de julio de 2014, el Socio único de Petro Ribes, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, y de Petroplus 2000, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, decidió la fusión por absorción de Petroplus 2000, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, por Petro Ribes, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal.
Asiste a los socios, trabajadores y acreedores de las sociedades participantes en la fusión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
En Vilanova i la Geltrú (Barcelona), 10 de julio de 2014.- El Administrador único de Petro Ribes, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, y de Petroplus 2000, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, don Alberto Campabadal Mas.
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