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Documento BORME-C-2014-9133

NISA, NUEVAS INVERSIONES EN SERVICIOS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 10472 a 10472 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2014-9133

TEXTO

Don César Manuel Barona Sanchís, Secretario del Juzgado de Primera Instancia número 17 de Valencia,

Hago saber: Que en este Juzgado y Secretaría de mi cargo se siguen autos de Extravío de Acciones bajo el núm. 1403/07, instados por el Procurador D. Jesús Quereda Palop, en nombre y representación de Nuria Andrés Tomás, Fernando Luis Andrés Tomás y Fernando Andrés Ferrando, en los que se ha dictado Auto n.º 226/2014, en fecha 20 de junio de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

1. Se declara la nulidad de los títulos representativos de las acciones de "Nisa, Nuevas Inversiones en Servicios, S.A." siguientes:

Acciones numeradas del 6828681 a la 6829680 a favor de D.ª Nuria Andrés Tomás.

Acciones numeradas del 6827036 a la 6827680, del 8171719 a la 8172026, del 10151217 a la 10152509, del 10366857 a la 10367322, del 10988984 a la 10989477, del 11610565 a la 11610902, a favor de D. Fernando Luis Andrés Tomás.

Acciones numeradas del 63013 a la 75724, a favor de D. Fernando Andrés Ferrando.

2. Se ordena la expedición de los correspondientes duplicados de los citados títulos por la entidad "NISA, Nuevas Inversiones en Servicios, S.A.", los cuales llevarán el mismo número que los anulados, expresarán que se han expedido por duplicado, y producirán los mismos efectos que aquéllos, siendo negociables en las mismas condiciones, y haciéndose constar en los libros registros de la sociedad emisora.

3. Notifíquese a las partes y a la entidad emisora la presente resolución haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación que se interpondrá en este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación para su sustanciación por la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, y para cuya admisión a trámite será necesario haber constituido en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado el depósito de 50 € previsto en la disposición adicional décimo quinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, indicando el tipo de recurso y el código correspondiente.

4. Publíquese los edictos preceptivos para notificar la presente resolución a los interesados desconocidos.

Lo pronunció, mandó y firmó S.S.ª D. Jesús Ángel López Sanz. Doy fe.

Y para que sirva de notificación de la presente resolución a los interesados desconocidos, se libra el presente.

Valencia, 23 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.

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