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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que los Socios Únicos de las sociedades Vallehermoso División Promoción, S.A. (unipersonal), y Fortuna Golf S.L. (unipersonal), en ejercicio de las competencias de las respectivas Juntas generales conforme dispone el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital, han acordado la fusión de dichas sociedades, consistente en la absorción de la última por la primera. Tales acuerdos fueron adoptados por unanimidad el día 24 de junio de 2014.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, accionistas y acreedores de las sociedades participantes en el mencionado proceso de fusión de obtener, en el domicilio social respectivo, el texto íntegro de los acuerdos y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.
Asimismo, se hace constar que se ha encontrado y se encuentra a disposición de las personas que se señalan en el artículo 39 de la Ley 3/2009, especialmente de los trabajadores de las sociedades antes mencionadas, en sus respectivos domicilios sociales, la documentación e información a la que se refiere el citado precepto.
Madrid, 27 de junio de 2014.- El representante persona física de Sacyr Gestión de Activos, S.L., Administrador Único de Vallehermoso División Promoción, S.A.U. (unipersonal), Daniel Loureda López.- El representante persona física de Vallehermoso División Promoción, S.A.U., Administrador Único de la sociedad Fortuna Golf S.L. (unipersonal), Leónides Gutiérrez Pozo.
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