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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el socio único –ejerciendo las funciones de la Junta general de socios- de las sociedades participantes, acordó la fusión por absorción de la sociedad "Ltk Industrial And Aeronautic Logistic Services, Sociedad Limitada Unipersonal" (sociedad absorbida), por la sociedad absorbente, "Ltk 400 Operadores de Logística Integral, Sociedad Limitada Unipersonal", y ello de conformidad con el proyecto común de fusión redactado y suscrito por los respectivos órganos de administración de las sociedades participantes el 10 de febrero de 2015.
Se hace constar, que asiste a los socios, acreedores y a los representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión, el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, y a los acreedores de cada una de dichas sociedades intervinientes el derecho a oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, todo ello en los términos establecidos en los artículos 43.1 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Sevilla, 23 de febrero de 2015.- El Administrador único de la sociedad "Ltk 400 Operadores de Logística Integral, Sociedad Limitada Unipersonal" (sociedad absorbente) y de la sociedad "Ltk Industrial And Aeronautic Logistic Services, Sociedad Limitada Unipersonal" (sociedad absorbida), D. Gaizka Balendi Grajales Jiménez.
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