Junta General Extraordinaria de Accionistas Por el Consejo de Administración de esta Sociedad, se convoca a los señores accionistas a Junta General Extraordinaria, a celebrar en las oficinas de Linklaters, S.L.P., calle Almagro, 40, 28010 Madrid, a las 12:00 horas el próximo día 14 de diciembre de 2015 en primera convocatoria, y para el caso de que por no haberse alcanzado el quórum legalmente necesario dicha Junta no pudiera celebrarse en primera convocatoria, por el presente anuncio queda igualmente convocada en el mismo lugar y hora al día siguiente, en segunda convocatoria, siendo previsible que la Junta General Extraordinaria se celebre en primera convocatoria, es decir, el 14 de diciembre de 2015 a las 12:00 horas. A los efectos de los artículos 173 y 516 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica a todos los accionistas que el presente anuncio de convocatoria también será publicado, entre otros medios, en la página web de la Sociedad, cuya dirección es www.sotogrande.com/es/informacion-al-accionista. La Junta tiene por objeto deliberar y resolver los asuntos comprendidos en el siguiente
Orden del día
Primero.- Reelección de Deloitte, S.L., como auditor de cuentas de la Sociedad y de su grupo consolidado para el ejercicio 2015.
Segundo.- Aportación de los activos y pasivos afectos al negocio de explotación del Hotel Almenara a favor de Hotel Almenara, S.L.U., filial íntegramente participada por la Sociedad.
Tercero.- Aportación de los activos y pasivos afectos al negocio de explotación del Hotel Sotogrande a favor de Hotel del Tenis de San Roque, S.L.U., filial íntegramente participada por la Sociedad.
Cuarto.- Aprobación de la política de remuneraciones de los Consejeros de la Sociedad.
Quinto.- Aprobación de un Plan de Incentivos a Largo Plazo dirigido a consejeros ejecutivos, directivos o empleados de la Sociedad. Delegación en el Consejo de Administración de las facultades para formalizar, implementar, desarrollar, ejecutar y liquidar el Plan de Incentivos a Largo Plazo.
Sexto.- Delegación de facultades.
Intervención de Notario en la Junta El Consejo de Administración ha acordado requerir la presencia de Notario para que levante acta de la Junta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y en relación con los artículos 101 y 103 del Reglamento del Registro Mercantil. Complemento a la convocatoria y propuestas fundamentadas de acuerdo Los accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social podrán presentar, mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social de la Sociedad (Club de Golf La Reserva, avenida La Reserva, s/n, 11310 Sotogrande (San Roque), Cádiz, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la presente convocatoria, propuestas fundamentadas de acuerdos sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la Junta convocada, todo ello de conformidad con el artículo 519 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Derecho de información De conformidad con lo establecido en los artículos 197 y 520 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta, los accionistas podrán solicitar las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular las preguntas que estimen pertinentes, acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día o acerca de la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General. De conformidad con la normativa aplicable, se hace constar que, a partir de la publicación del presente anuncio de convocatoria, los accionistas tienen derecho a examinar y obtener en el domicilio social de la Sociedad, o a solicitar a ésta que les sean remitidos, de forma inmediata y gratuita (cual podrá efectuarse mediante correo electrónico con acuse de recibo si el accionista admite este medio), entre otros, los siguientes documentos: - Este anuncio de convocatoria. - El número total de acciones y derechos de voto en la fecha de publicación de este anuncio de convocatoria. - El texto íntegro de las Propuestas de Acuerdos formuladas por el Consejo de Administración en relación con cada uno de los puntos del orden del día de la convocatoria para su sometimiento a la Junta. - Modelo de tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia. - Textos refundidos vigentes de los Estatutos Sociales, del Reglamento de la Junta General de Accionistas y del Reglamento del Consejo de Administración y de los restantes documentos que integran el sistema de gobierno corporativo. Los documentos citados anteriormente serán accesibles por vía telemática, a través de la página "web" de la Sociedad (www.sotogrande.com/es/informacion-al-accionista), en adelante Web Corporativa y donde la presente convocatoria se encuentra debidamente publicada. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 539 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, la sociedad ha habilitado en su Web Corporativa un Foro Electrónico del Accionista, al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias que puedan constituirse. El contenido de las normas de funcionamiento del Foro Electrónico de Accionistas puede consultarse en la citada Web Corporativa de la Sociedad. Derecho de asistencia Podrán asistir a la Junta General convocada los accionistas que sean titulares de una o más acciones, inscritas a su nombre en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a la fecha de su celebración, y lo acrediten mediante la oportuna tarjeta de asistencia o certificado expedido por alguna de las entidades depositarias participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A., o en cualquier otra forma admitida por la Legislación vigente. Derecho de representación Todo accionista que tenga derecho de asistencia a la Junta General podrá hacerse representar en ésta por otra persona aunque no sea accionista, cumpliendo los requisitos y formalidades exigidos en los Estatutos Sociales, el Reglamento de la Junta General de Accionistas y el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. La representación deberá ser aceptada por el representante y deberá conferirse con carácter especial para la Junta objeto de la presente convocatoria, bien mediante la fórmula de delegación impresa en la tarjeta de asistencia o bien en cualquier otra forma admitida por la ley, dejando a salvo lo establecido en el artículo 187 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Si la representación quedase cumplimentada a favor del Consejo de Administración o si la representación no tuviera expresión nominativa de la persona en la que se delega, se entenderá que ha sido otorgada a favor del Presidente del Consejo de Administración, de algún Consejero o del Secretario del Consejo de Administración. En el caso de que el representado no haya indicado instrucciones de voto, se entenderá que el representante votará a favor de las propuestas de acuerdos formuladas por el Consejo de Administración sobre los asuntos incluidos en el orden del día. En el caso de que no hubiere instrucciones de voto porque la Junta vaya a resolver sobre asuntos que, no figurando en el orden del día y siendo, por tanto, ignorados por el representado en la fecha de delegación, pudieran ser sometidos a votación en la Junta, el representante deberá emitir el voto en el sentido que estime más oportuno, atendiendo al interés de la Sociedad. Lo mismo se aplicará cuando la correspondiente propuesta o propuestas sometidas a decisión de la Junta no hubiesen sido formuladas por el Consejo de Administración. En el supuesto de que la representación se otorgue en respuesta a una solicitud pública y que el representado no haya indicado instrucciones de voto, se entenderá que la representación (i) se refiere a todos los puntos que forman parte del Orden del Día de la Junta General, (ii) se pronuncia por el voto favorable de todas las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración y (iii) se extiende, asimismo a los puntos que puedan suscitarse fuera del orden del día, respecto de los cuales el representante votará en el sentido que estime más conveniente a los intereses del accionista. Si el representante designado llegara a encontrarse en conflicto de intereses en la votación de alguna de las propuestas que, dentro o fuera del Orden del Día, se sometan en la Junta General y el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas deberá abstenerse de emitir el voto para los asuntos sobre los que, estando en conflicto de interés, tenga que votar en nombre del accionista. Votos y delegación a distancia De acuerdo con lo dispuesto en los Estatutos y en el Reglamento de la Junta General, el Consejo de Administración ha acordado habilitar el ejercicio de los derechos de representación y voto a través de medios a distancia, en los siguientes términos: Todos los accionistas con derecho a asistencia podrán ejercer el voto y/o delegación en relación con los puntos del orden del día de la Junta General, antes de las 24 horas del día 13 de diciembre de 2015, a través de medios de comunicación a distancia, de acuerdo con lo dispuesto en los Estatutos Sociales y Reglamento de la Junta General de Accionistas. - Delegación. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 522 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, cada accionista con derecho a voto en la Junta General podrá ser representado por cualquier persona. En general, los documentos en los que consten las representaciones incluirán la identificación de la persona que asista en lugar del accionista, que deberá identificarse adecuadamente el día de la Junta. Si quedasen cumplimentadas a favor del Consejo de Administración o no se especificara nada al respecto, se entenderá que la representación ha sido otorgada a favor del Presidente del Consejo de Administración, de algún Consejero o del Secretario del Consejo de Administración, indistintamente. En caso de que el representante designado llegara a encontrarse en situación de conflicto de interés en la votación de alguna de las propuestas que, dentro o fuera del Orden del Día, se sometan a la Junta y el representado no hubiera impartido instrucciones precisas, la representación se entenderá conferida a cualesquiera de las otras dos personas mencionadas en las que no concurra dicha circunstancia. En los documentos en que consten las representaciones para la Junta General se reflejarán las instrucciones sobre el sentido del voto, entendiéndose que, de no mencionarse nada al respecto, el representante imparte instrucciones precisas de votar de conformidad con las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día. En el caso de que no hubiere instrucciones de voto porque la Junta vaya a resolver sobre asuntos que, no figurando en el orden del día y siendo, por tanto, ignorados por el representado en la fecha de delegación, pudieran ser sometidos a votación en la Junta, el representante deberá emitir el voto en el sentido que estime más oportuno, atendiendo al interés de la Sociedad. Lo mismo se aplicará cuando la correspondiente propuesta o propuestas sometidas a decisión de la Junta no hubiesen sido formuladas por el Consejo de Administración. Si el representante designado fuera el Presidente o cualquier otro miembro del Consejo de Administración, se hace constar que puede encontrarse en conflicto de interés en relación con las propuestas de acuerdo formuladas fuera del Orden del Día, cuando se refieran a su revocación como Consejero o a la exigencia a él de responsabilidades. El representante podrá tener la representación de más de un accionista sin limitación en cuanto al número de accionistas representados y podrá emitir votos de signo distinto en función de las instrucciones dadas por cada accionista. En caso de que se hayan emitido instrucciones por parte del accionista representado, el representante emitirá el voto con arreglo a las mismas. Sin perjuicio de las menciones que se realizan a continuación, se remite en cuanto a la delegación y representación a lo contenido al respecto en los artículos 24 de los Estatutos Sociales y 13 del Reglamento de la Junta. El apoderamiento se podrá hacer constar: (i) Mediante entrega o correspondencia postal: Para conferir su representación mediante entrega o correspondencia postal, los accionistas podrán remitir a la Sociedad el soporte papel en que se confiera la representación, o la tarjeta de asistencia a la Junta, expedida por Sotogrande, S.A. y cuyo formulario podrán descargarse de la Web Corporativa. La tarjeta debidamente firmada y cumplimentada para conferir la representación, y en la que consta la solicitud de instrucciones para el ejercicio del derecho de voto y la indicación del sentido en que votará el representante en caso de que no se impartan instrucciones precisas deberá ser entregada o enviada al domicilio social de la Sociedad arriba referenciado, a la atención del Secretario del Consejo de Administración. Asimismo los accionistas podrán cumplimentar la tarjeta de asistencia, emitida en papel por la entidad participante en IBERCLEAR en la que tengan depositadas sus acciones, remitiéndola firmada mediante correo postal o mensajería a la referida dirección de la Sociedad. (ii) Mediante medios electrónicos: Al amparo de lo dispuesto en los artículos 184 y 522 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas con derecho de asistencia podrán delegar su representación en un accionista o cualquier otra persona (física o jurídica) a través de medios de comunicación electrónica a distancia debiendo seguir para ello las reglas e instrucciones que, a tal efecto, figuran en el espacio "Junta General Ordinaria 2015" de la citada Web Corporativa. A efectos de garantizar debidamente la autenticidad e integridad de las comunicaciones electrónicas, será necesario disponer de un certificado electrónico reconocido en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, vigente y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la entidad pública empresarial FNMT RCM (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre y Real Casa de la Moneda). En cuanto a la representación conferida a favor de un intermediario financiero se estará a lo dispuesto al efecto por el artículo 524 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. - Voto. Al igual que para la delegación, el accionista podrá ejercitar su derecho a voto en la Junta General utilizando uno de los siguientes medios: (i) Mediante correspondencia postal: Para el ejercicio del derecho a voto a distancia por este medio, el accionista deberá remitir la tarjeta obtenida de la Sociedad y que se encuentra a su disposición en la Web Corporativa o bien cumplimentar la tarjeta de asistencia, emitida en papel por la entidad participante en IBERCLEAR en la que tengan depositadas sus acciones, entregándola en el domicilio social de la Sociedad a la atención del Secretario del Consejo de Administración, debidamente cumplimentada y firmada en el espacio reservado al voto. (ii) Mediante medios electrónicos: Al amparo de lo dispuesto en los artículos 189, apartados 2 y 3, y 182 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas con derecho de asistencia podrán ejercitar igualmente su derecho de voto a través de medios electrónicos, debiendo seguir para ello las reglas e instrucciones que, a tal efecto, figuran en el espacio "Junta General Ordinaria 2015" de la citada web corporativa. A los efectos de garantizar debidamente la autenticidad e integridad de las comunicaciones electrónicas, será necesario disponer de un certificado electrónico reconocido en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica vigente y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la entidad pública empresarial FNMT RCM (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre y Real Casa de la Moneda). El voto o la delegación a distancia por cualquiera de los sistemas indicados no será válido si no se recibe por la Sociedad al menos cinco días antes de la fecha prevista para la celebración de la junta en primera convocatoria, en consecuencia, antes de las 24 horas del día 9 de diciembre de 2015. Los accionistas que emitan su voto en los términos indicados serán considerados como presentes a los efectos de la constitución de la Junta. El voto emitido a distancia solo podrá dejarse sin efecto (i) por revocación posterior expresa efectuada por el mismo empleado para la emisión y dentro del plazo establecido para ésta, (ii) por asistencia a la reunión del accionista que lo hubiera emitido; o (iii) por la venta de las acciones cuya titularidad confiere el derecho de voto, de que tenga conocimiento la Sociedad al menos cinco días antes de la fecha prevista para la celebración de la Junta. Protección de datos personales Los datos personales que los accionistas remitan a la Sociedad para el ejercicio de sus derechos de asistencia, delegación y voto en la Junta General o que sean facilitados por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (IBERCLEAR), serán tratados (e incorporados a un fichero del que la Sociedad es responsable) con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente en lo referente a la convocatoria y celebración de la Junta General. Los accionistas tendrán la posibilidad de ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, mediante comunicación escrita dirigida al domicilio social de la Sociedad a la atención del departamento jurídico.
Madrid, 11 de noviembre de 2015.- Alejandro Ortiz Vaamonde, Secretario del Consejo de Administración.
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