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Documento BORME-C-2015-10852

INVAL 2012, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CASATEJADA SOLAR 8, S.L.
CASATEJADA SOLAR 9, S.L.
INVISOLAR 2008, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 219, páginas 12763 a 12763 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-10852

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 23 de octubre de 2015, la Junta General de Socios de INVAL 2012, S.L., (Sociedad Absorbente) y la Junta General de Socios de las Entidades CASATEJADA SOLAR 8, S.L., CASATEJADA SOLAR 9, S.L., e INVISOLAR 2008, S.L. (Sociedades Absorbidas), aprobaron la fusión por absorción por la que INVAL 2012, S.L., mediante la disolución sin liquidación y absorción en bloque del patrimonio social de las Sociedades CASATEJADA SOLAR 8, S.L., CASATEJADA SOLAR 9, S.L. e INVISOLAR 2008, S.L., adquiere por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, resultando una atribución a los socios de CASATEJADA SOLAR 8, S.L., CASATEJADA SOLAR 9, S.L., e INVISOLAR 2008, S.L., sociedades absorbidas, de un número de participaciones sociales de la sociedad absorbente, con efectos contables desde el 1 de enero de 2015. Todo ello en los términos previstos en el Proyecto de Fusión por absorción, aprobado y firmado por todos los administradores de las sociedades implicadas en la operación de fusión con fecha 20 de octubre de 2015.

Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la operación de fusión por absorción de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión cerrados a 30 de junio de 2015.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que intervienen en la operación de fusión por absorción a oponerse a ésta durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Madrid, 26 de octubre de 2015.- Administrador Único de la Sociedad Absorbente INVAL 2012, S.L. Administrador Único de la Sociedad Absorbida CASATEJADA SOLAR 8, S.L. Administrador Único de la Sociedad Absorbida CASATEJADA SOLAR 9, S.L. Administrador Único de la Sociedad Absorbida INVISOLAR 2008, S.L.

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