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Documento BORME-C-2015-10873

FYCE XXI, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 219, páginas 12786 a 12787 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2015-10873

TEXTO

Anuncio de reducción de capital social.

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de la sociedad FYCE XXI, S.A., celebrada el pasado día veintitrés de mayo dos mil catorce, acordó reducir el capital social desde la cifra de setecientos treinta y ocho mil trescientos euros (738.300 €), a la cifra de cuatrocientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos euros (449.400€), mediante la amortización de dos mil ochocientas ochenta y nueve (2.889) acciones que posee la sociedad en autocartera con un valor nominal de cien euros (100€) por acción y que fueron adquiridas en base a lo autorizado en su momento por la Junta General de accionistas, todo ello mediante la adopción, por unanimidad, del siguiente acuerdo de reducción de capital social que a continuación se transcribe:

"Segundo.- Ratificar el acuerdo de reducción del capital de la Sociedad adoptado por unanimidad en la Junta General Ordinaria y Extraordinaria celebrada el pasado 21 de junio de 2013, y en virtud del cual se procedió a la amortización de 2.568 acciones propias números 1.630 a 1.810, 5.844 a 5.983, 544 a 724, 5.004 a 5.143, 3.400 a 3.620, 6.404 a 6.543, 182 a 362, 4.724 a 4.863, 2.535 a 2.715, 4.304 a 4.443, 363 a 543, 4.864 a 5.003, 3.259 a 3.439, 6.824 a 6.963, 725 a 905, y 5.144 a 5.283 todas ellas inclusive, con un valor nominal de 100 euros cada una de ellas.

Se acuerda reducir, el capital social de la Sociedad en la cantidad de doscientos cincuenta y seis mil ochocientos euros (256.800- euros), de forma que esté pasará a ser de cuatrocientos ochenta y un mil quinientos euros (481.500,- euros).

La reducción tiene como finalidad la amortización de las acciones propias que la propia sociedad tiene en cartera.

Asimismo, al no comportar la presente amortización de acciones la devolución de aportación a los accionistas, y, de conformidad con lo establecido en el artículo 141 de la Ley de Sociedades de Capital, la Sociedad dotará una reserva por importe doscientos cincuenta y seis mil ochocientos euros (256.800- euros) (valor nominal de las acciones amortizadas), la cual será indisponible hasta que transcurran 5 años a contar desde la publicación de la reducción en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Tercero.- Se acuerda reducir, el capital social de la Sociedad en la cantidad de treinta y dos mil cien euros (32.100.- euros.), de forma que esté pasará a ser de cuatrocientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos euros (449.400.- euros).

La reducción de capital social se realizará mediante la amortización de 321 acciones de la Sociedad titularidad de la propia compañía, amortizándose las acciones números 2.897 a 3.077 y 6.124 a 6.263, todas ellas incluidas, con un valor nominal de 100 euros cada una de ellas.

La reducción tiene como finalidad la amortización de la acciones propias que la sociedad tiene en cartera.

Asimismo, al no comportar la presente amortización de acciones la devolución de aportación a los accionistas, y, de conformidad con lo establecido en el artículo 141 de la Ley de Sociedades de Capital, la Sociedad dotará una reserva por importe de treinta y dos mil cien euros (32.100.- euros), la cual será indisponible hasta que transcurran 5 años a contar desde la publicación de la reducción en el Boletín Oficial del Registro Mercantil."

Tras la lectura del informe presentado por el Consejo de Administración de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital, sobre justificación de la reducción del capital social por amortización de autocartera, el Consejo de Administración propone a la Junta General de Accionistas una reducción de capital mediante la amortización de las acciones propias que posee la sociedad en autocartera, cuyos datos e importes son los señalados anteriormente. La reducción no entraña devolución de aportaciones por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas. Por tanto, la finalidad de la mencionada reducción será amortizar acciones propias.

Con el objeto de no aplicar el derecho de oposición que se contempla en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital y en aplicación del artículo 335 c) de ese mismo Texto Legal, el importe del valor nominal de las acciones amortizadas se destinará a una reserva por capital amortizado, con un importe total de doscientos ochenta y ocho mil novecientos euros (288.900 €), de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del Capital Social.

Asimismo propone facultar al Consejo de Administración o a los Consejeros Mancomunados, para la ejecución del presente acuerdo, pudiendo determinar aquellos extremos que no hayan sido fijados expresamente en el presente acuerdo y adoptar los acuerdos y realizar cuantos trámites, gestiones y autorizaciones sean necesarios para la completa ejecución del presente acuerdo. Se somete a votación la Reducción de Capital Social por amortización de acciones propias en las condiciones expuestas, aprobándose por unanimidad de los asistentes presentes en la Junta General que representan la totalidad de los accionistas afectados.

Zuera, 26 de octubre de 2015.- El Secretario del Consejo de Administración.

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