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Documento BORME-C-2015-1089

SLEIPNIR EMPRESARIAL, S.L.U.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
STOWBTY FACTORY, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 41, páginas 1255 a 1255 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-1089

TEXTO

Anuncio de Segregación.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, en relación con los artículos 42, 71 y 73 del mismo texto legal, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la sociedad segregada SLEIPNIR EMPRESARIAL, S.L.U., acuerda por unanimidad en fecha de 16 de febrero del 2.015, la segregación y el traspaso en bloque de la unidad económica a la sociedad beneficiaria STOWBTY FACTORY, S.L. Dicha sociedad las adquirirá por sucesión universal, recibiendo a cambio la sociedad segregada la totalidad de participaciones que se creen de la sociedad beneficiaria, las cuales son equivalentes al valor de la unidad económica objeto de traspaso referente a la rama de actividad de arrendamiento de inmuebles sin que la sociedad segregada se extinga como consecuencia de la segregación.

Por tratarse de unos acuerdos adoptados en los términos del artículo 42 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, al haber sido aprobada la mencionada segregación por unanimidad de todos los socios de las sociedades en Junta Universal, no se requiere publicación ni depósito previo de los documentos exigidos por la ley ni el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, el derecho de información de los representantes de los trabajadores sobre la segregación, incluida la información sobre los efectos que pudiera tener sobre el empleo así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un mes, contado a partir del a publicación del último anuncio de segregación.

Barcelona, 16 de febrero de 2015.- D. Román Miguel Córdoba Córdoba, Administrador Único de la Sociedad Segregada.

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