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Documento BORME-C-2015-10915

VITHAS ALICANTE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TOMOGRAFÍA AXIAL COMPUTARIZADA DE ALICANTE, S.A.
HEMODINÁMICA INTERVENCIONISTA DE ALICANTE, S.A.
HOSPITAL INTERNACIONAL MEDIMAR, S.A.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 220, páginas 12834 a 12834 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-10915

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

De conformidad con lo dispuesto en el art. 43.1 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de Socios de VITHAS ALICANTE, S.L. (la "Sociedad Absorbente") y las Juntas Generales Extraordinarias de Accionistas de TOMOGRAFÍA AXIAL COMPUTARIZADA DE ALICANTE, S.A., HEMODINÁMICA INTERVENCIONISTA DE ALICANTE, S.A. y HOSPITAL INTERNACIONAL MEDIMAR, S.A. (las "Sociedades Absorbidas") celebradas todas ellas en fecha 16 de noviembre de 2015, previas convocatorias efectuadas de conformidad con la ley y sus respectivos estatutos, acordaron la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por parte de la Sociedad Absorbente, con la disolución sin liquidación de las primeras y el traspaso en bloque de todo su patrimonio social a favor de la Sociedad Absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión con inclusión de su adendum depositado en fecha 14 de septiembre de 2015 en el Registro Mercantil de Alicante y publicado en las páginas web corporativas de la Sociedad Absorbente y de HOSPITAL INTERNACIONAL MEDIMAR, S.A. en fecha 18 de septiembre de 2015. La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el art. 50 de la LME, por lo que no son necesarios los informes de administradores ni de expertos sobre el proyecto común de fusión.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios, accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión descrita a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los balances de fusión. Del mismo modo, se deja constancia del derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a oponerse a la citada operación en el plazo y en los términos previstos en el art. 44 de la LME.

En Alicante, 16 de noviembre de 2015.- D. José Luis Pardo Izquierdo, Administrador Solidario de Vithas Alicante, S.L., Tomografía Axial Computarizada de Alicante, S.A., Hemodinámica Intervencionista de Alicante, S.A. y Hospital Internacional Medimar, S.A.

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