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Documento BORME-C-2015-10918

MEDICIÓN Y TRANSPORTE, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
CETIL DISPENSING TECHNOLOGY, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 220, páginas 12837 a 12837 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-10918

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de "MEDICIÓN Y TRANSPORTE, S.A." (Sociedad Escindida), en reunión celebrada en fecha 16 de noviembre de 2015 ha aprobado por unanimidad la escisión parcial de la propia Sociedad Escindida, a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación, "CETIL DISPENSING TECHNOLOGY, S.L." (Sociedad Beneficiaria), y en los términos previstos en el proyecto de escisión parcial depositado con fecha 11 de noviembre de 2015 en el registro Mercantil de Madrid.

La escisión parcial implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de la Sociedad Escindida dedicada a la actividad de "fabricación de elementos de medida y surtidores", constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria y la atribución de las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria a los accionistas de la Sociedad Escindida en la misma proporción (cuantitativa y cualitativa) en la que participan en ésta, llevándose a cabo la correspondiente reducción de los fondos propios en la Sociedad Escindida y sin liquidación de la misma.

Asimismo, se hace constar, expresamente, el derecho de los accionistas y de los acreedores de la Sociedad Escindida, a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados, así como del balance tomado como referencia para la operación. A los efectos oportunos, al amparo del artículo 78 bis de la referida Ley de Modificaciones Estructurales no resulta necesario balance de escisión. Del mismo modo se hace constar el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 de la citada Ley de Modificaciones Estructurales, de oponerse a la escisión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión.

En Algete (Madrid), 16 de noviembre de 2015.- Don José Sánchez del Pozo, Presidente del Consejo de Administración de Medición y Transporte, S.A.

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