Está Vd. en

Documento BORME-C-2015-11050

ALEADOS DEL COBRE, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 223, páginas 12984 a 12985 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2015-11050

TEXTO

El Consejo de Administración de ALEADOS DEL COBRE, S.A. convoca a sus accionistas a la Junta General Ordinaria que tendrá lugar en el domicilio social, calle Curtidors, 14-28, del Polígono Industrial de Valls, el día 22 de diciembre de 2015, a las 10 horas, en primera convocatoria, y en segunda convocatoria, en el mismo lugar el día siguiente, a las 11 horas, con el siguiente

Orden del día

Primero.- Nombramiento de auditor de la empresa.

Segundo.- Modificación del artículo 14 y 26 de los estatutos, regulador del órgano de administración, pasando de consejo de administración a administrador único eliminándose por tanto el artículo 27.

Tercero.- Cese del consejero delegado. Cese de los miembros del consejo de administración.

Cuarto.- Nombramiento de administrador único.

Quinto.- Modificación del artículo 34 de los Estatutos sociales eliminando la necesidad obligatoria de repartir un 10% de los dividendos obtenidos en cada ejercicio.

Sexto.- Dividendos pendientes de repartir del ejercicio 2013. Acuerdos a adoptar.

Séptimo.- Informe del consejo saliente.

Octavo.- Aprobación o censura de las cuentas anuales, informe de gestión, informe de auditoría y propuesta de aplicación de resultados del ejercicio 2014.

Noveno.- Informe sobre la situación generada por los primeros meses de retribución del Presidente del consejo de administración don ALBERT DE TORNER BIGNOTI.

Décimo.- Ruegos y preguntas.

Redacción, lectura y, en su caso, aprobación del acta de la reunión, informando que la misma se celebrara en presencia de fedatario público para dejar constancia de lo acontecido. I. Derecho de información: Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, a partir de la presente convocatoria, a solicitar y obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, todos los documentos sometidos a la aprobación de la Junta, incluidos el informe de gestión y el informe de los auditores de cuentas, en los términos previstos en el art. 272 LSC, y a solicitar por escrito los informes y aclaraciones que estimen precisos sobre los asuntos comprendidos en el Orden del Día. II. Derecho de asistencia y voto por medios electrónicos: Los requisitos de asistencia a la Junta son los que constan en el artículo 22 de los Estatutos sociales. De conformidad con los Estatutos sociales, y las normas de desarrollo aprobadas por el Consejo de Administración sobre delegación y voto por medios de comunicación a distancia, la representación podrá conferirse por escrito bajo firma autógrafa o por medios telemáticos bajo firma electrónica reconocida, con arreglo a lo siguiente: (i) Tanto la delegación como el voto electrónicos deberán efectuarse no más tarde de las 24 horas del tercer día anterior al previsto para la celebración de la Junta en primera convocatoria. Las delegaciones o votos electrónicos posteriores se tendrán por no hechos. (ii) El accionista que confiera su representación por medios electrónicos se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida. (iii) Las delegaciones electrónicas han de ser aceptadas por el delegado, sin lo cual no podrán usarse. A este fin todas las delegaciones electrónicas deberán imprimirse, firmarse y presentarse por los representantes designados al personal encargado del registro de accionistas el día de celebración de la Junta, en el lugar de celebración de la misma y desde una hora antes de la prevista para su inicio. (iv) La asistencia personal a la Junta del accionista que votó o delegó electrónicamente dejará sin efecto dicho voto o delegación. Salvo en el caso anterior, una vez efectuado por un accionista el voto electrónico no podrá modificarlo. El voto electrónico hará ineficaz cualquier delegación electrónica o escrita, anterior o posterior. (v) En el caso de que un accionista realice delegaciones electrónica, por un lado, y escrita mediante tarjeta en papel, por otro, esta última prevalecerá sobre aquélla. (vi) La persona en quien se delegue el voto sólo podrá ejercitarlo asistiendo personalmente a la Junta. Los demás requisitos de asistencia a la Junta y de representación en la misma son los que constan en los estatutos de la sociedad.

Valls, 18 de noviembre de 2015.- El Consejero Delegado, D. Roland de Torner Figueras.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid