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Documento BORME-C-2015-11076

BELTRÁN ASCENSORES Y MONTACARGAS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
D.E.B. DESARROLLOS EN ELEVACIÓN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 223, páginas 13014 a 13014 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-11076

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que con fecha 17 de noviembre de 2015 la junta general universal de "Beltrán Ascensores y Montacargas, S.L." (la "Sociedad Absorbente"), y el socio único de "D.E.B. Desarrollos en Elevación, S.L.U." (la "Sociedad Absorbida), han aprobado, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedad Absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión por absorción en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 30 de junio de 2015 (el "Proyecto de Fusión").

La fusión implica la integración de la Sociedad Absorbida en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque del patrimonio de la primera en beneficio de la segunda y la extinción de la primera sin liquidación.

En la medida en que las Sociedades a Fusionar son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por el Socio Único de la Sociedad Absorbida y por la junta general de socios de la Sociedad Absorbente con la asistencia o representación de todos ellos y por unanimidad, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley, sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión y sin necesidad de elaborar el informe de experto independiente sobre el Proyecto de Fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Eibar (Guipúzcoa), 17 de noviembre de 2015.- Don Lorenzo Beltrán Aguirre, administrador solidario de "D.E.B. Desarrollos en Elevación, S.L.U." y Doña Ana Isabel Beltrán Aguirre, administradora solidaria de "Beltrán Ascensores y Montacargas, S.L.".

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