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Documento BORME-C-2015-11155

SERVICIOS Y REPARACIONES, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
GRUPO SYRSA AUTOMÓVILES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 13094 a 13094 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-11155

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 20 de noviembre de 2015, la junta general extraordinaria de accionistas de "Servicios y Reparaciones, S.A." (la "Sociedad"), ha aprobado la escisión parcial de la Sociedad a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación, "Grupo Syrsa Automóviles, S.L." (la "Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación"), en los términos establecidos en el proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Sevilla, con fecha 25 de septiembre de 2015.

La escisión parcial implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de la Sociedad consistente en la totalidad de las acciones y participaciones sociales de las sociedades filiales de la Sociedad, constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación; la atribución de las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación a los accionistas de la Sociedad en la proporción en que participan en ésta y la reducción del capital social mediante la disminución del valor nominal de todas las acciones en dos euros con diez céntimos (2,10 €) cada una de ellas, por lo que el capital social ha quedado fijado en un millón cuarenta y dos mil cuarenta y dos euros con treinta y siete céntimos (1.042.042,37 €).

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de la Sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado, así como el balance de escisión.

Se hace constar, igualmente, el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de oponerse a la escisión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Sevilla, 20 de noviembre de 2015.- D. Francisco Galnares González de la Madrid, Presidente del Consejo de Administración.

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