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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que los socios únicos de Albert Viñolas, S.L.U., y Strike Cinc, S.L.U., en fecha 31 de octubre de 2015 adoptaron la decisión de fusionar ambas entidades mediante la absorción de Albert Viñolas, S.L.U., por Strike Cinc, S.L.U., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio social a favor de la sociedad absorbente que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la absorbida, con el correspondiente aumento de capital de la entidad absorbente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades a oponerse a la fusión, en los términos previstos en la citada Ley 3/2009, en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.
Figueres, 6 de noviembre de 2015.- Albert Viñolas Vallega, Administrador, a su vez, de Albert Viñolas, S.L.U., y Strike Cinc, S.L.U.
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