Edukia ez dago euskaraz
El Consejo de Administración de Bioorganic Research and Services, S.A. (en adelante, la "Sociedad") ha acordado por unanimidad, en su sesión de 24 de noviembre de 2015, dejar sin efecto, en su totalidad, el acuerdo de ampliación de capital adoptado en su reunión de 14 de mayo de 2015 en ejercicio de las facultades delegadas por la Junta General Ordinaria de accionistas celebrada el día 30 de junio de 2014, cuyos términos fueron publicados en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 103 del pasado 3 de junio de 2015, y que fue comunicado al mercado mediante los hechos relevantes publicados el 22 de mayo de 2015 y el 3 de junio de 2015 tanto en la página web corporativa de la Sociedad como en la página web del MAB y mediante el correspondiente Documento de Ampliación Reducido presentado ante el MAB.
Asimismo, el Consejo de Administración de la Sociedad ha acordado por unanimidad: (i) dejar sin efecto las órdenes de suscripción que se hubieran emitido durante el periodo de suscripción preferente, y (ii) proceder a la restitución de las aportaciones realizadas por aquellos inversores que hubieran manifestado su voluntad de acudir a la ampliación de capital y que no hubieran revocado las órdenes de suscripción correspondientes a los mismos durante el periodo extraordinario de revocación de órdenes acordado por el Consejo de Administración de la Sociedad en fecha 16 de julio de 2015 y que concluyó el día 7 de agosto de 2015. En este sentido, la Sociedad procederá a la restitución directa a los respectivos suscriptores a través de las entidades depositarias por medio de las cuales los inversores hubieran solicitado la suscripción de acciones o, supletoriamente, en caso de no ser posible, mediante consignación del importe a nombre de éstos en el Banco de España o en la Caja General de Depósitos.
La Sociedad procederá asimismo al reintegro del importe del precio correspondiente a los derechos de suscripción a los inversores que los hubieran adquirido en el período de suscripción preferente, siempre y cuando no los hubieran revocado ya en el periodo extraordinario de revocación de órdenes acordado por este órgano en fecha 16 de julio de 2015 y que concluyó el día 7 de agosto de 2015. Los inversores interesados en que les sea devuelto este importe deberán dirigirse a la misma entidad ante la que hubieran cursado la correspondiente orden a efectos de obtener la información necesaria para poder obtener la restitución.
En el marco de las gestiones realizadas en las últimas semanas para afrontar la adquisición corporativa prevista que constituía la finalidad de este aumento de capital, se han presentado propuestas de financiación con recursos ajenos (LBO), en condiciones favorables y que no implican dilución para los actuales accionistas de la Sociedad. De manera concreta la adquisición se llevaría a cabo a través de la creación de un vehículo (SPV) entre el Grupo Bionaturis y un socio inversor, en el que el Grupo Bionaturis tendría el 55% de las participaciones. El vehículo (SPV) sería la entidad que suscribiría el contrato de compraventa y, por tanto, quien procedería directamente y de forma íntegra con la adquisición corporativa prevista. La oferta ha sido presentada en estos términos y la Sociedad está esperando respuesta por parte de los vendedores; tal respuesta será comunicada al mercado tan pronto como se reciba la comunicación formal.
De conformidad con lo dispuesto en la Circular 9/2010, del Mercado Alternativo Bursátil, el contenido del presente anuncio ha sido debidamente comunicado al mercado como hecho relevante.
Jerez de la Frontera, 25 de noviembre de 2015.- D. Augusto Piñel Rubio, Secretario no Consejero.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril