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Anuncio de escisión por segregación
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "Ley"), por remisión expresa del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Grupo Capisa Gestión y Servicios, S.L., celebrada el día 2 de octubre de 2015, adopto el acuerdo de escisión por segregación de Compañía Canaria de Piensos, S.A. a favor de Grupo Capisa Gestión y Servicios, S.L., sin extinción de la primera, consistente en la separación de la primera, y su reubicación en segunda, de la parte del patrimonio de la misma formado por los activos y pasivos, así como las relaciones contractuales y laborales, vinculados exclusivamente a la actividad de servicios intragrupo y de negociación de compras, exceptuando la propiedad del inmueble vinculado a dicha actividad, que permanecerá en ella y se cederá a la Sociedad Beneficiaria en arrendamiento, y todo ello recibiendo la Sociedad Segregada, a cambio, un mayor número de participaciones de la Sociedad Beneficiaria.
De conformidad con lo previsto en la Ley, se hace constar que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores, el derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado así como del balance de segregación; y a los acreedores, además, del derecho de oponerse en la citada escisión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley.
En Las Palmas de Gran Canaria, 27 de noviembre de 2015.- El Presidente del Consejo de Administración de Compañía Canaria de Piensos, S.A. y Administrador Mancomunado de Grupo Capisa Gestión y Servicios, S.L., Rabadán 28, S.L., representada por D. Heriberto Etala Socas.
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