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Documento BORME-C-2015-11978

HELISWISS IBÉRICA, S.A. UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBENTE),
SPIN HELICOPTERS, S.A. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 247, páginas 14010 a 14011 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-11978

TEXTO

Anuncio de Fusión Impropia e Inversa. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público que en decisiones de las Juntas Generales Extraordinarias y Universales celebradas en fecha 17 de diciembre de 2015, el socio único de la mercantil Heliswiss Ibérica, SAU. (Sociedad Absorbente), y por unanimidad de la totalidad de socios de la mercantil Spin Helicopters, SA. (Sociedad Absorbida), acordaron ambas respectivamente la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida Spin Helicopters, SA., a favor de la sociedad absorbente Heliswiss Ibérica, SAU., quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la absorbida, en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los Administradores de ambas sociedades de fecha 11 de diciembre de 2015, que fue aprobado por los respectivos socio único y totalidad de socios por unanimidad de ambas entidades, respectivamente. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los Balances cerrados a 30 de septiembre de 2015 de dichas sociedades, también aprobados por las respectivas Juntas.

La fusión tiene carácter de impropia e inversa por cuanto la sociedad absorbente, Heliswiss Ibérica, SAU., está íntegramente participada por la sociedad absorbida, la mercantil Spin Helicopters, SA., y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 49.1 y 52.1 de la LME, no procede ampliar el capital de la sociedad absorbente, ni elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión.

En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente. La fusión impropia e inversa referida tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2015.

Como consecuencia de la fusión, se produce la modificación estatutaria en la sociedad absorbente consistente en el nuevo redactado de su Artículo 2.º- Objeto Social, que quedará redactado como sigue:

"ARTÍCULO 2.º- Objeto.- La Sociedad tiene por objeto la operación comercial de aeronaves en cualquier tipo de servicio aéreo, el mantenimiento, reparación, pupilaje y la compra, venta y explotación comercial por cualquier medio de aeronaves, embarcaciones deportivas y de recreo, y de todo tipo de artículos e instalaciones deportivas, la prestación de servicios de transporte discrecional, y cuantos actos estén directamente relacionados con lo anterior. Quedan excluidas todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no sean cumplidos por la sociedad."

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionarán por plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Sabadell, 18 de diciembre de 2015.- Lluis Freixa Figuerola, Administrador único de Spin Helicopters, S.A., y Heliswiss Ibérica, S.A.U.

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