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Documento BORME-C-2015-1305

MEDIP HEALTH, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CREATV, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 49, páginas 1538 a 1538 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-1305

TEXTO

Se hace público que con fecha 26 de febrero de 2015, se aprobó la fusión por absorción de las sociedades CREATV, S.L.U. (Sociedad Absorbida) por parte de MEDIP HEALTH, S.L. (Sociedad Absorbente).

Como consecuencia de la fusión, se producirá la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y MEDIP HEALTH, S.L. como Sociedad Absorbente, adquirirá en bloque, como sucesora universal, el patrimonio de la Sociedad Absorbida, quedando la Sociedad Absorbente subrogada en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión por absorción aprobado por los órganos de administración de la sociedad absorbente y de la absorbida.

Dado que la Sociedad Absorbente es titular del 100% de las participaciones sociales de la Sociedad Absorbida, la fusión tiene el carácter especial de absorción de sociedad íntegramente participada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley de Medidas Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME).

La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente será el día 1 de enero de 2015.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida de obtener el texto integro del acuerdo de fusión y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades.

Asimismo, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión por absorción, asiste a los acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Beniarjó, 27 de febrero de 2015.- Los Consejeros Delegados de MEDIP HEALTH, S.L., Francisco Javier Cremades Peris y Daniel Vicente Tobar. Administrador Solidario de CREATV, S.L.U., Cándido Estevan Sastre.

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